La Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba aprobó este domingo la nueva Ley del Código Penal, criticado por opositores y activistas en la isla por tipificar nuevas figuras delictivas que criminalizan aún más la manifestación, la oposición política y el activismo.
De acuerdo con el portal oficialista Cubadebate, la mayoría de los diputados coincidió en que el Código Penal “responde a las actuales y perspectivas condiciones políticas y socioeconómicas del país”.
Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular (TSP), aseveró que como resultado de “la amplia consulta del texto” se recibieron 1.140 criterios y 1.114 propuestas de modificación, de las que 706 fueron admitidas, mientras que en el proceso de intercambio con los diputados surgieron 112 propuestas, de las que 97 fueron aceptadas.
El nuevo Código Penal introduce entre sus variaciones respecto a su predecesor de 1987 penalizaciones a “las violaciones más graves relacionadas con el uso abusivo de los derechos constitucionales, la participación activa en actividades subversivas y las agresiones a las tecnologías de la información y la comunicación”.
Convierte el actual tipo legal de “rebelión” en “delito contra el orden constitucional” y lo penaliza con un mayor marco sancionador, a la vez que agrega el delito de “desórdenes públicos” para castigar “las alteraciones de esa naturaleza producidas en grupos o individualmente”.
En el artículo 143, dentro de la figura delictiva “Otros actos contra la Seguridad del Estado”, el Código Penal aprobado por el pretendido parlamento del régimen cubano dispone que “incurre en sanción de privación de libertad de cuatro a diez años” aquel cubano que, “por sí o en representación de organizaciones no gubernamentales, instituciones de carácter internacional, formas asociativas o de cualquier persona natural o jurídica del país o de un Estado extranjero, apoye, fomente, financie, provea, reciba o tenga en su poder fondos, recursos materiales o financieros, con el propósito de sufragar actividades contra el Estado y su orden constitucional”.
El gobierno del Partido Comunista de Cuba criminaliza desde su consagración actividades como el periodismo y el cine independiente, y reprime organizaciones políticas, económicas y de la sociedad civil que no estén controladas por el Estado.
Así, quienes transgredan sus prohibiciones pueden ser enjuiciados mediante la fabricación de delitos comunes, contenidos en el Código Penal y otras normativas complementarias como decretos leyes, decretos y resoluciones de organismos de la administración central del Estado.
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Previamente a la aprobación del nuevo Código Penal, el abogado Eloy Viera advirtió en un artículo publicado por El Toque que este sería “otra herramienta legal represiva” en manos del régimen, “para encausar a quienes reciban o financien lo que la oficialidad considere actividades contra el Estado y su orden constitucional”.
“Este es un paso más en el apertrechamiento del régimen cubano en la búsqueda de nuevas herramientas para defenderse de su ciudadanía”, afirmó Viera.
La activista Anamely Ramos, historiadora del arte y miembro del Movimiento San Isidro (MSI), opinó en redes sociales que con la nueva legislación penal el gobierno planteaba el juego a los activistas “al duro y sin guante”.
“No se muevan, no hablen, no respiren. En Cuba no hay orden constitucional”, sino “criminales en el poder”, sentenció.
La tipificación en un nuevo Código Penal de figuras delictivas relacionadas con lo que los órganos judiciales del régimen entienden como un “deliberado uso abusivo de los derechos constitucionalmente reconocidos” se produce tras las protestas antigubernamentales del 11 de julio de 2021, en las que miles de cubanos salieron a las calles de más de 60 localidades de la isla para pronunciarse contra la precariedad del país y exigir un cambio político.
También se aprueba el nuevo código ante el aumento exponencial de quejas, denuncias y críticas ciudadanas en redes sociales y otras plataformas tecnológicas, que han devenido tribuna importante del ecosistema político y social cubano.
Además de reforzar la criminalización del disenso y el uso de libertades y derechos políticos y civiles, el instrumento normativo aprobado por la Asamblea “refuerza el rigor de las sanciones en hechos vinculados a la corrupción económica o administrativa” e incorpora “nuevas sanciones accesorias, circunstancias agravantes y reglas de adecuación para enfrentar la discriminación en todas sus manifestaciones, la violencia de género y familiar, hechos contra personas menores de edad o en situaciones de discapacidad”.
Como sanciones principales para los hechos delictivos de mayor gravedad prevé la privación perpetua de libertad o la privación temporal hasta 30 años, a la vez que mantiene con carácter excepcional la sanción de muerte en 23 tipos penales.
Tras su aprobación por la Asamblea, el texto del Código Penal será revisado por una comisión de estilo y entrará en vigor a los 90 días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.