Régimen regula importación y exportación de productos de uso veterinario

El régimen cubano reguló, a través de la Resolución 430/2021 del Ministerio de la Agricultura, la importación y exportación de productos de uso veterinario.
Médico Veterinario en Cuba. Foto de Cubadebate
 

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El régimen cubano reguló, a través de la Resolución 430/2021 del Ministerio de la Agricultura, la importación y exportación de productos de uso veterinario.

La normativa entró en vigor desde el momento de su publicación y su propósito es el “evitar la entrada, o salida del territorio nacional de productos que puedan constituir un riesgo para la salud humana, animal y para el medioambiente”.

El documento oficial expone un grupo de fármacos y productos cuya entrada o salida del país estarán prohibidos tanto mediante el arribo o salida de pasajeros o por aduana postal o mensajería internacional.

Los productos prohibidos son:

  • Drogas, estupefacientes, psicotrópicos, precursores y sustancias relacionadas, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 95/2003 del Ministro de la Agricultura sobre esta materia.
  • Hormonas y promotores de crecimiento.
  • Hemoderivados, vacunas veterinarias, antisueros, cepas de microorganismos, medios de cultivo, productos obtenidos por ingeniería genética y organismos modificados genéticamente, así como de otros productos biológicos, salvo cuando sean importados con fines científicos y cuenten con el correspondiente Permiso Zoosanitario de Importación, emitido por el Centro Nacional de Sanidad Animal.
  • Equipos, dispositivos y materiales para el diagnóstico de laboratorio veterinario, salvo cuando cuenten con el Permiso Zoosanitario de Importación emitido por el Centro Nacional de Sanidad Animal.
  • Radioisótopos para uso de diagnóstico in vivo, radiofármacos y productos radioactivos utilizados para diagnóstico o con fines terapéuticos.
  • Producto o material de uso veterinario, que pueda constituir un riesgo para la salud animal, humana y medio ambiental, según las disposiciones emitidas por el Centro Nacional de Sanidad Animal a tales efectos.

Tampoco se podrán entrar o sacar de la isla muestras de sangre, cepas de microorganismos; y medios de cultivos de cualquier naturaleza y en cualquiera de sus formas u otro material biológico de uso veterinario.

Su recepción en el país solo será admitida con fines científicos y con una autorización previa del Centro Nacional de Sanidad Animal o del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

Por otro lado, la ley establece que son legales los antibióticos, antimicóticos, antiparasitarios, suplementos minero vitamínicos, instrumental para uso veterinario y los accesorios para mascotas.

Las autorizaciones excepcionales corren a cargo del Director General del Centro Nacional de Sanidad Animal.

Tras las presiones ejercidas por la comunidad de animalistas cubanos el Consejo de Estado aprobó el 26 de febrero el Decreto-Ley de Bienestar Animal

Según publicó Cubadebate, esta norma jurídica sustentará la implementación de la Política de Bienestar Animal en Cuba, aprobada el 19 de enero. La misma entra en vigor a los 90 días de publicada en la Gaceta Oficial.

"Con la aprobación del Decreto-Ley de Bienestar Animal se da respuesta a las numerosas opiniones, expresadas en el proceso de consulta popular del proyecto de Constitución de la República de Cuba, sobre la necesidad de la existencia de una legislación específica de bienestar animal", agregó el oficialismo.

El Decreto-Ley establece que constituyen contravenciones, las infracciones de lo regulado en el cuerpo del mismo y en su Reglamento, así como las disposiciones que se establezcan sobre bienestar animal.

De igual forma, el Consejo de Ministros, en un plazo de hasta 90 hábiles a partir de la aprobación del decreto-ley, emitirá su Reglamento.

Luego de su publicación en la Gaceta, el Decreto 31 de “Bienestar Animal” entró en vigor en julio del 2021.

Hasta la fecha solo se conoce su aplicación a tres ciudadanos, residentes en Alquízar, Artemisa, que agredieron y asesinaron a un gato el pasado 6 de septiembre en horas de la tarde.

A los infractores se les multó con tres mil pesos a cada uno. En Cuba los vejámenes contra los animales no están considerados delitos por lo que las sanciones son de carácter administrativo.
 

 

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