El pasado 18 de septiembre el diario oficialista Granma, en su columna Cartas a la Dirección, dio acuse de recibo a una misiva enviada a su redacción por Betty Quevedo, quien reside en Vista Hermosa, No. 451, e/ Lombillo y La Rosa, Cerro, La Habana, y denuncia que el banco se niega a pagar 4 meses de pensión a su madre anciana.
"El 31 de agosto de 2020 voy al banco para cobrar la chequera de mi mamá. La cajera me informa que solamente me puede pagar los meses de junio, julio, agosto y septiembre. Los demás, que son abril y mayo, no, porque tienen una orden del Inass (Instituto Nacional de Seguridad Social) de pagar solo cuatro meses. Los demás ya prescribieron, dijo".
Betty Quevedo plantea en su carta que, "si en la tarjeta magnética usted puede acumular el tiempo que quiera y sacarlo cuando lo desee, creo que no está bien eso de poder cobrar solo cuatro meses".
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La pensión por jubilación en Cuba es un derecho para quienes hayan cumplido con los años de trabajo que estipula la ley, y para otros casos de protección siocial. Se cobra mediante una chequera o una tarjeta magnética, y una vez al mes.
En años recientemente el régimen, a través de sus entidades bancarias, ha emitido tarjetas para que los jubilados cobren sus pensiones en los cajeros automáticos, lo que brinda la facilidad de que una vez el dinero sea depositado en la cuenta, el beneficiario pueda sacarlo cuando tenga la necesidad de hacer uso de él, y no tener que exponerse a las largas y agotadoras colas que caracterizan los días en que otros jubilados van a los bancos a cobrar sus chequeras.
Betty Quevedo, por la situación con el cobro de los meses atrasados, explica que se personó en el Inass del Cerro abogando por una solución pero, cuenta: "me dijeron lo mismo, que los meses anteriores a junio ya habían prescrito, y en el Inass nacional tuve la misma respuesta".
Desamparada, se pregunta Betty: "¿Por qué no hacer lo mismo que, ante la pandemia, hicieron la Empresa Eléctrica, la ONAT, el Minsap, que dieron prórrogas?".
Si bien esta propuesta pudiera ser una solución para los meses venideros, no hace que el banco -o el Inass- pague los meses de abril y mayo a su madre, a los cuales tiene derecho por ser porte de su pensión.