Régimen modifica normas para las ventas de garaje

El régimen cubano eliminó el otorgamiento de permisos para realizar las ventas de garaje, una regulación contenida en la reciente y derogada Resolución 97/2021 del Ministerio del Comercio Interior y que limitaba el ejercicio de esa modalidad comercial.
Modifican regulaciones a ventas de garaje en Cuba. Foto: Manuel Larrañaga
 

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El régimen cubano eliminó el otorgamiento de permisos para realizar las ventas de garaje, una regulación contenida en la reciente y derogada Resolución 97/2021 del Ministerio del Comercio Interior que limitaba el ejercicio de esa modalidad comercial.

Con esta actualización los interesados solo dependerán de las autoridades para establecer las fechas y horarios del ejercicio.

La norma legal que rige ahora las regulaciones con respecto a las ventas de garaje es la Resolución 102 del mencionado ministerio y fue publicada ayer, 12 de agosto, en la Gaceta Oficial de la República.

A inicios de este mes trascendió que el régimen cubano exoneró de pagar impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre las Ventas a las personas naturales que realicen ventas de garaje, a través de la resolución 323/2021 del Ministerio de Finanzas y Precios.

El propósito de tal normativa reside en “dinamizar el comercio y diversificar las ofertas de productos a la población”, explica el documento fechado el 29 de julio de 2021.

Esta decisión aparece semanas después de las protestas antigubernamentales que sacudieron la isla y tras las cuales el castrismo preparó un paquete de medidas, en su mayoría temporales, como paliativo a la crisis y para contener los aires insurreccionales. 

Ventas de garaje legalizadas en Cuba

Las ventas de garaje fueron reguladas en Cuba recientemente. Su realización data de hace años, especialmente en La Habana y siempre fueron espacios ocasionales de venta para artículos de segunda mano. 

La Resolución 97/2021 del Ministerio del Comercio Interior define las regulaciones que regirán las ventas de garaje, aunque aclara que es una “modalidad de comercialización minorista eventual”.

Para realizarlas no se precisará de una licencia comercial o ser trabajador por cuenta propia. Solo se necesita un permiso para desarrollar la actividad, cuya aprobación será concedida por la “oficina designada del Consejo de la Administración Municipal, previa información de las autoridades municipales, en un plazo no inferior a una semana anterior a la fecha autorizada” explica el documento normativo.

Otra de las decisiones que corre a cargo de la Administración Municipal es el establecimiento de horarios, fechas, zona de realización y duración máxima en días consecutivos de las ventas.

Las ventas serán habilitadas en garajes, portales y otras zonas residenciales que no obstaculicen el paso por aceras o calles. No se pueden vender ni productos nuevos importados o de la industria nacional, pieles de animales, alimentos ni maderas preciosas.

La nueva normativa aclara que pueden usarse las redes sociales como medio de promoción, así como las fachadas de las viviendas para colgar anuncios hasta que finalice la actividad.
Otra de las medidas adoptadas fue la eliminación del tope de precios de los productos agropecuarios.

 

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