EXCLUSIVA: A Roberto Quiñones le avisaron 30 minutos antes del juicio que podía asumir su autodefensa (I)

ADN Cuba accedió al recurso de apelación presentado por el reportero, que evidencia  las violaciones al debido proceso en su caso
 

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Este miércoles se cumple una semana desde que el periodista y abogado Roberto de Jesús Quiñones Haces ingresó a la prisión de Guantánamo, para cumplir una injusta condena de un año de privación de libertad por los supuestos delitos de “resistencia” y “desobediencia”.

En realidad a Roberto se le condenó por ejercer el periodismo independiente contra un régimen que lo criminaliza.

El 22 de abril de 2019, Quiñones fue arrestado y golpeado por agentes de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), mientras acudía a dar cobertura al proceso judicial en que el Estado cubano condenó al matrimonio de religiosos Rigal – Expósito, por insistir en educar a sus hijos en casa.

Quiñones intentó denunciar a los policías que le provocaron las lesiones (contusiones, escoriaciones, heridas y la perforación de su tímpano derecho) pero los tribunales no aceptaron su denuncia.

“No admitieron las pruebas que presenté sobre las lesiones que me provocaron con esa golpiza. Dicen que fueron lesiones autoinfligidas”, declaró Quiñones al sitio de noticias Cubanet, donde escribe habitualmente desde hace 12 años.

El periodista, de 63 años, se rehusó a pagar una multa que habría evitado su juicio, alegando que implicaba admitir la responsabilidad de la acusación en su contra.

El 7 de agosto, el Tribunal Municipal de Guantánamo, sancionó a Quiñones a un año de prisión por el delito de “resistencia y desobediencia”. El periodista presentó un recurso de apelación ante el Tribunal Provincial de Guantánamo, para que aceptara las pruebas que el Tribunal Municipal rechazó, pero esta instancia se negó a concederle una vista oral a su apelación, y terminó ratificando la sentencia original.

ADN Cuba accedió al recurso de apelación presentado por el reportero, que evidencia  las violaciones al debido proceso en su caso, como son la igualdad procesal, la imparcialidad y el derecho a la defensa.

 

Roberto Quiñones no le notificaron que iba a ser procesado, ni se le informó del número del expediente investigativo cuando el 18 de mayo lo preguntó al capitán Pelegrín-quien consta como denunciante-.

 “Por tal razón no pude defenderme de las acusaciones durante la conformación del  proceso acusatorio, ni pude designar abogado, ni hacer oportunamente las alegaciones pertinentes e, increíblemente, tuve que escuchar que la jueza, al dictar sentencia, aseveró en más de cinco ocasiones que se había actuado conforme al debido proceso”, reza la apelación.

Quiñones, licenciado en Derecho, no pudo asumir su propia defensa como él deseaba desde un inicio. Las autoridades judiciales le impusieron varias trabas -sobre todo burocráticas- que no se resolvieron hasta el mismo día del juicio.

Tuve que asistir al juicio sin poder asumir mi defensa y desconociendo el contenido del expediente. Fue ya en la sede del tribunal, pocos  minutos antes del juicio, cuando la secretaria me dijo que la presidenta le había informado que podía revisar el expediente, pero que tenía 30 minutos para hacerlo, algo que no me pareció-ni me parece- serio, y no acepté, pues lo correcto hubiera sido suspender el acto del juicio oral. Este hecho aumentó mi estado de indefensión.

 

De acuerdo con el abogado Eloy Viera, la norma procesal vigente en Cuba, establece que en el tipo de juicio al que fue sometido Roberto, un juicio sumario, la defensa no tiene acceso al expediente hasta el acto de juicio.

Además, según cuenta Quiñones en la apelación, la jueza tampoco aceptó ninguna de las pruebas que propuso en el acto del juicio oral.

“No tuve testigos de descargos en el juicio, la investigación se hizo con los testigos de la acusación, representada por el capitán Pelegrín, que fue el que me citó el 18 de mayo de 2019, y compareció al juicio en calidad de denunciante, los dos policías actuantes y un tercer policía que no sabía nada de los hechos, que estaba allí porque dice  recibió la respuesta de la Fiscalía Militar diciendo que los policías estaban exonerados de responsabilidad”, agregó.

Viera explicó respecto a lo anterior que “las pruebas propuestas por Roberto estaban destinadas a demostrar que fueron los policías los que se extralimitaron. Y en este caso el tribunal entendió que eso no tenía nada que ver con el caso y por eso no las admitieron. Está claro que esa ausencia total de garantías está validada por el ordenamiento. Pero el hecho de ser legales no las hace menos injustificadas”.

El abogado -quien reconoce no haber tenido acceso a ningún documento como para formarse un criterio técnico del asunto- considera que el proceso contra Quiñones ha sido “muy amañado”.

Por su parte, el Máster en Derecho Constitucional y Administrativo, Raudiel Peña, explicó que el hecho de que no pueda presentar pruebas para su defensa es un acto contrario al debido proceso, protegido incluso en la nueva Constitución cubana en sus artículos 94 y 95.

Artículo 94:

Toda persona, como garantía a su seguridad jurídica, disfruta de un debido proceso tanto en el ámbito judicial como en el administrativo y, en consecuencia, goza de los derechos siguientes:

a) disfrutar de igualdad de oportunidades en todos los procesos en que interviene como parte; b) recibir asistencia jurídica para ejercer sus derechos en todos los procesos en que interviene; c) aportar los medios de prueba pertinentes y solicitar la exclusión de aquellos que hayan sido obtenidos violando lo establecido; d) acceder a un tribunal competente, independiente e imparcial, en los casos que corresponda; e) no ser privada de sus derechos sino por resolución fundada de autoridad competente o sentencia firme de tribunal; f) interponer los recursos o procedimientos pertinentes contra las resoluciones judiciales o administrativas que correspondan; g) tener un proceso sin dilaciones indebidas, y h) obtener reparación por los daños materiales y morales e indemnización por los perjuicios que reciba.

Artículo 95:

En el proceso penal las personas tienen, además, las siguientes garantías:

a) no ser privada de libertad sino por autoridad competente y por el tiempo legalmente establecido; b) disponer de asistencia letrada desde el inicio del proceso; c) que se le presuma inocente hasta tanto se dicte sentencia firme en su contra; d) ser tratada con respeto a su dignidad e integridad física, psíquica y moral, y a no ser víctima de violencia y coacción de clase alguna para forzarla a declarar; e) no declarar contra sí misma, su cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad; f) ser informada sobre la imputación en su contra; g) ser juzgada por un tribunal preestablecido legalmente y en virtud de leyes anteriores al delito; h) comunicarse con sus familiares o personas allegadas, con inmediatez, en caso de ser detenida o arrestada; si se tratara de extranjeros se procede a la notificación consular, y i) de resultar víctima, a disfrutar de protección para el ejercicio de sus derechos.


Sobre las pruebas que intentó presentar Quiñones, dijo que las cartas no fueron admitidas bajo el argumento que no tenían  nada que ver con el juicio, “lo cual es incierto porque ahí yo también narro lo que ocurrió el 22 de abril de 2019”. Las fotografías no fueron aceptadas con el argumento de que no se sabe si son verdaderas porque no están adveradas por el laboratorio provincial de criminalística. La fotocopia del certificado médico fue rechazada porque se trata de una fotocopia, que no es el original y que no está registrado.

Por último, la abogada y directora de Cubalex, Laritza Diversent, comentó que negarle las pruebas es una violación de las garantías del debido proceso. “Hay un principio que se llama de igualdad de las partes, que no existió aquí”.

Cabe destacar que el caso de Quiñones ha recibido amplio seguimiento internacional. A inicios de este mes fue incluido en la lista de One Free Press Coalition, como uno de los 10 casos más urgentes de injusticias contra periodistas en el mundo.

La próxima semana ADN Cuba revelará otros datos importantes sobre el expediente investigativo contra el periodista y recomienda a sus lectores que firmen la reciente declaración “Garantías para ejercer los derechos a las libertades de prensa y expresión en Cuba”.

 

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