Amenazas a cubanos en el exterior: régimen canalla ya no sabe que inventar

Human Rights Watch, la congresista María Elvira Salazar y varios juristas, han denunciado las amenazas del régimen castrista de “juzgar en ausencia” a cubanos en el exterior
Fiscal José Luis Reyes y vocero castrista Humberto López
 

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La congresista cubanoamericana, María Elvira Salazar, se pronunció sobre la polémica intervención en televisión nacional del fiscal José Luis Reyes, jefe del Departamento de la Dirección de Procesos Penales en Cuba, quien lanzó amenazas sobre la posibilidad de “juzgar en ausencia”, a quienes desde fuera de la Isla se pronuncien y manifiesten en contra del régimen.  

“¡La moribunda dictadura Castrista ahora amenaza con juzgar a los cubanos libres que levantan sus voces a favor de la libertad Cuba!”, refirió en Twitter la reconocida periodista. “Estos canallas ya no saben que inventar”, añadió.

Salazar, afirmó además que “el pueblo cubano está decidido a ser libre y nada lo va a detener”.

La representante de la Florida en el Congreso de los Estados Unidos compartió un tuit del comunicador y activista cubano Norges Rodríguez, quien junto a un fragmento de la transmisión de hacemos Cuba, conducido por el vocero castrista Humberto López, señaló:

“El empuje de la sociedad civil en la diáspora tiene preocupada a la dictadura cubana. Las protestas frente a embajadas y el apoyo a quienes protestan en Cuba, inquietan al régimen. Por eso amenazan con juzgar 'en ausencia' a quienes hagan activismo desde el exilio”.

Sobre el tema también se manifestó José Miguel Vivanco, director de la División de las Américas de Human Rights Watch. “No contentos con perseguir sistemáticamente a cualquiera que critique al régimen en Cuba, los fiscales cubanos ahora amenazan con procesar 'en ausencia' a quienes convoquen protestas desde el exterior”, cuestionó el abogado chileno defensor de derechos humanos.

El abogado cubano, Eloy Viera Cañive, señaló en su perfil de Facebook que “el juicio en ausencia no es una figura solo propia de Cuba, está bastante extendido en el mundo y además reconocido en algunos casos por los organismos internacionales”. No obstante, advirtió que “lo cuestionable de la intervención del fiscal en Hacemos Cuba no está en la mención a la institución del juicio en ausencia en sí misma, sino en su uso como amenaza a personas que se encuentran fuera del alcance de las autoridades cubanas”.

“Lo cuestionable es la mención de la posibilidad de utilizar el excepcional juzgamiento en ausencia como un mecanismo para tratar de influir en quienes desde fuera de Cuba ejercitan derechos reconocidos por sus estados receptores pero no garantizados por el Gobierno cubano. Asegurar financieramente o amplificar la convocatoria del ejercicio de un derecho legítimo como por ejemplo la protesta, de acuerdo con lo expresado por el Fiscal en Hacemos Cuba, pudiera ser considerado un delito por las autoridades cubanas y juzgado en ausencia”, explicó Viera.

“(…) Ningún Estado democrático debería reconocer y cooperar con un juzgamiento que no busca sancionar un hecho internacionalmente punible, sino reprimir el ejercicio de un derecho humano. Juzgar en ausencia a quien convoque una manifestación pacífica desde el extranjero o a quien recargue el teléfono a uno de los manifestantes, sólo demostraría la intolerancia del gobierno cubano y el uso que de la ley puede hacer para legitimar el destierro de sus ciudadanos”, acotó.

Por su parte, el jurista y abogado penalista, Frank Ajete Pidorych, precisó en su perfil de Facebook: “A pesar de prometer un análisis técnico del delito de mercenarismo con la frase: pero antes de caer a temas técnicos, José Luis Reyes, otrora jefe de mi jefe, realizó un examen que puede adjetivarse de muchas formas, pero no como técnico. Consumió más de dos centenares de palabras en describir lo malo malísimo que es un mercenario, y finalizó con un yerro exegético al referir: el elemento dinero, el elemento de que las personas hagan las cosas por dinero, es lo que distingue lo que destaca este hecho delictivo”.

“El elemento que caracteriza al mercenarismo es la pertenencia a formaciones militares con una composición sospechosamente extranjera motivado exclusiva o principalmente por una retribución material. Es un delito que necesita de un conflicto armado, y la intervención de grupos militares con notable presencia de efectivos extranjeros cuya motivación primera es la obtención de un sueldo –o cualquier retribución que entiendan compensable-“, esclareció el abogado.  

Lo que pretendía el leguleyo Humberto López era legitimar sus infundadas acusaciones de mercenarismo con la opinión de un 'entendido en la materia'; y lo único que demostró el entendido en la materia fue que no lo era”, opinó Ajete Pidorich.

El abogado dilucidó además que “el mercenarismo no es una idea, es una conducta delictiva descrita en el código penal vigente, y habrá de entenderse en concordancia a las reglas de interpretación jurídica aplicables al resto del ordenamiento penal, sin olvidar principios como el de intervención mínima del derecho penal, última ratio, y él hace tiempo olvidado sentido común. Recordarle al público que nos escucha, y a ti mismo, el deber deontológico de denunciar ante las autoridades competentes cualquier delito del cual se tenga noticias. Si conoces algún mercenario, por favor, llame al 106”.

 

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