Medidas cautelares son un deber ético, declaran defensores de DDHH

Las medidas cautelares pretenden proteger a unos 20 activistas cubanos, considerados bajo situación de grave riesgo por el acoso que sufren por las fuerzas represivas del régimen cubano.
Movimiento-San-Isidro
 

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Organizaciones defensoras de derechos humanos celebraron este 24 de febrero las medidas cautelares a favor de activistas cubanos emitidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En declaraciones a ADN Cuba, la abogada Laritza Diversent, directora de Cubalex, recordó que las medidas cautelares no obligan al estado a tomarlas en cuenta, pero son un deber de las organizaciones internacionales para mostrar cómo el régimen cubano viola los derechos humanos.

Claudia Ordoñez, de Artículo 19, dijo, además, que Cuba es parte del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, por lo que estos señalamientos ponen en entredicho su compromiso con las normas de esta organización.

La conferencia de prensa tuvo lugar este miércoles con la participación de miembros de las ONG Cubalex, Artículo 19 y Defiende Venezuela. Durante la misma, se explicó la forma en que se realizó el trabajo para proteger a 20 personas integrantes o cercanas al Movimiento San Isidro.

La CIDH publicó la Resolución 14/2021 al considerar que dichas personas se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, puesto que sus derechos a la vida e integridad personal están en riesgo de sufrir un daño irreparable.

A través de una publicación en la red social de Twitter, Artículo 19 aseguró que el “cumplimiento de medidas cautelares a favor del MSI, marcaría un parteaguas en la relación del Estado de Cuba con la sociedad civil independiente”.

En un comunicado conjunto, ambas organizaciones dijeron que se mantendrán atentas del cumplimiento de estas medidas hasta lograr su plena satisfacción, hecho que por sí mismo abriría el camino al diálogo, la inclusión y la pluralidad de voces e ideas en Cuba.

Entre las preocupaciones de la CIDH por estas personas destacan “amenazas, hostigamientos, vigilancias, persecuciones, detenciones y actos de violencia por parte de agentes estatales y terceros, presuntamente como resultado de su labor como defensoras y defensores de derechos humanos en Cuba”.

De acuerdo con el Artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicitó al Estado de Cuba que:

a) adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de los 20 integrantes identificados del Movimiento San Isidro (MSI). A tales efectos, el Estado debe tanto asegurar que sus agentes respeten la vida e integridad personal de las personas beneficiarias, como proteger sus derechos en relación con actos de riesgo que sean atribuibles a terceros, de conformidad con los estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos;

b) adopte las medidas necesarias para que las personas beneficiarias puedan desarrollar sus actividades como defensores de derechos humanos, sin ser objeto de actos de violencia, intimidación y hostigamientos en el ejercicio de sus labores.;

c) concierte las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y sus representantes; y,

d) informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.

Este mes también la Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares para el prisionero político cubano, Yandier García Labrada, del Movimiento Cristiano Liberación (MCL).

El beneficiario está recluido desde el 6 de octubre anterior en la prisión "El Típico" de la provincia de Las Tunas, por supuesto "desacato y desorden público".

La CIDH denunció entonces que García Labrada se encuentra en una situación de riesgo en el marco de su privación de libertad producto de una alegada falta de atención médica adecuada ante golpizas recibidas durante su detención.

 

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