Jóvenes licenciados del servicio militar tendrán prioridad para pedir tierras en usufructo

Jôvenes cubanos que terminan el servicio militar obligatorio ahora tendràn prioridad para poder obtener tierras en usufructo.
Los jôvenes que terminen el servicio militar podrán optar por trabajar la tierra
 

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Este viernes 20 marzo el diario del régimen de los Castro, Juventud Rebelde, publicó un artículo donde detalla una actualizan al proceso de entrega de tierras estatales ociosas en usufructo.

La nueva medida fue aprobada recientemente, mediante la Resolución 60/2020 del Ministerio de la Agricultura, publicada en la Gaceta Oficial de la República el 12 de marzo último, la cual prevé priorizar a quienes se licencian del Servicio Militar Activo (SMA).

Esta resolución aclara que los directores generales de las empresas agropecuarias y forestales, así como otras entidades estatales que administren tierra y reciban jóvenes usufructuarios, darán seguimiento durante tres años con posterioridad al otorgamiento de la tierra, con el objetivo de brindar capacitación, asistir y canalizar las dificultades que estos presenten en cumplimiento del contrato de usufructo suscrito.

De igual manera explica que los presidentes de las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial del sistema de la agricultura, controlan la vinculación de los jóvenes a las empresas y cooperativas agropecuarias mediante contrato de usufructo, así como la comercialización y los beneficios que estos adquieran, encauzando la capacitación y contratación de los medios de producción de dichos usufructuarios, y dan seguimiento a sus resultados productivos y económicos.

Cabe destacar que para esto se concrete, los delegados o directores municipales de la Agricultura reciben en cada semestre, por parte de las Direcciones de Trabajo provinciales y municipales, los listados nominales de los jóvenes licenciados del SMA interesados en solicitar tierras estatales ociosas en usufructo, para seleccionar del fondo disponible las ofertas a realizar.

De Igual manera la Resolución 60/2020 resalta que estas autoridades son las que atienden directamente a los jóvenes, luego de cumplir con los requisitos establecidos y de entregar su solicitud por escrito, y añade que los expedientes serán tramitados por parte de los delegados o directores municipales de la Agricultura, con máxima prioridad dentro de los términos establecidos.

El nuevo procedimiento, que viene a derogar la Resolución No. 449, del 25 de junio del 2013, y cuantas disposiciones legales y reglamentarias de igual o inferior jerarquía se opongan a lo que por la presente se dispone, especifica que los jóvenes licenciados del Servicio Militar Activo, que transcurridos tres meses después de haberse licenciado no se hayan presentado a oficializar el pedido de tierras estatales ociosas en usufructo, pierden los derechos que se establecen por la nueva resolución.

 

 

 

 

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