El opositor Osvel Barzagas Claro fue condenado a 10 meses de cárcel por el supuesto delito de “desobediencia”, publicó el propio activista en su perfil de Facebook este 16 de julio.
Barzagas, del Partido Autónomo Pinero (PAP) rompió su celular ante dos oficiales de policía que intentaron decomisárselo, lo que utilizaron las autoridades para justificar la sanción.
“No soy un delincuente y nunca he sido sancionado penalmente; aquí, en la Isla de la Juventud, todos me conocen y me quieren. Hago un llamado a la opinión pública internacional a que esté pendiente de todo lo que está sucediendo en Cuba y de todos los jóvenes que como yo somos víctimas de la represión”, escribió el activista.
El mismo día del decomiso de su celular, a Barzagas Claro lo multaron con 3000 pesos, para ello las autoridades se valieron del Decreto-Ley 370, que penaliza las expresiones críticas de los cubanos en redes sociales.
Barzagas fue uno de los detenidos por las protestas del 11J en la Isla de la Juventud y permaneció un mes encarcelado. Al salir de la prisión bajo fianza recibió una multa de 3000 pesos.
Juan Michel López Mora, también del PAP, fue detenido y multado en mayo por exponer en redes sociales el acoso de la policía política en el municipio especial Isla de la Juventud, también conocido por su nombre histórico de “Isla de Pinos”.
“Se le impuso una multa de 3000 pesos, dicen ellos que por el Decreto-Ley 370, por denunciar en redes sociales la persecución a su persona el pasado 1ro de mayo. Además de recibir varias amenazas como es ya costumbre. Ya está libre en la sede del partido, recibiendo el apoyo moral que se merece”, confirmó en Facebook la activista Day del Sol Ramírez.
Un registro del proyecto de periodismo de datos Inventario, contiene al menos 60 multas por el Decreto-Ley 370, impuestas a 54 personas en nueve provincias de Cuba y el municipio especial Isla de la Juventud.
Según esta publicación, “los sancionados suelen ser opositores, activistas y periodistas independientes –aunque también hay casos de ciudadanos comunes— a quienes se les aplica el inciso i) del Artículo 68, que considera una violación 'difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas'”.
La sanción más común es la multa de 3000 pesos cubanos, aplicada a veces junto a la confiscación del teléfono celular de la persona, agrega Inventario.