Santiago Ruiz, un jubilado del municipio santiaguero de Contramaestre, falleció antes de recibir su pensión, una misérrima cantidad de 385 pesos, que intentó obtener por todas las vías posibles.
El 7 de enero de 2019 fue citado para ultimar los detalles del proceso burocrático con que lograría la dichosa autorización. Entonces le dijeron que su pensión estaba lista, pero pasaron nueve meses y no sucedía nada, por lo que tuvo que recurrir al diario Juventud Rebelde.
“La morosidad en la jubilación solicitada es una falta de respeto para Santiago Ruiz Beltrán, un hombre de trabajo que ha dejado una vida de esfuerzos y sacrificios en el campo, bajo sol, sereno y agua”, afirmó en una carta dirigida al periódico el 3 de noviembre pasado.
Fue a la Dirección Municipal de Trabajo, sin respuesta. Llamó a la Dirección Provincial de Trabajo y le plantearon que todo dependía de una firma en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en La Habana.
“Soy un hombre con tratamiento oncológico, que tiene que viajar más de 80 kilómetros para recibir los sueros y otros medicamentos. ¿De qué vivimos mi esposa y yo, cuando todos sabemos los gastos que eso requiere? Lo que exijo es mi derecho como trabajador agrícola, lo que me he ganado con mi sudor”.
Ana M. Martín, directora de Políticas y Proyecciones del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass), la pensión la recibirá ahora su viuda, Emelina Reyes Morenillo, al fallecer Santiago el 16 noviembre. ¿La razón de la demora? Lo de siempre: trámites burocráticos.
También un poco de mala suerte. Según Martín, la pensión de Santiago ya estaba aprobada cuando el campesino falleció. Sin embargo, la viuda sólo recibirá 270 pesos mensuales, como establece la ley.
Al parecer, las autoridades cubanas no han puesto en vigor una ley que data de 2017, en la cual se regula la asignación de pensiones a antiguos trabajadores de cooperativas rurales, por lo que Santiago se quedó enredado en la maraña de la burocracia.
Sobre la respuesta de la funcionaria, el periódico Juventud Rebelde expresó: “faltó (…) la explicación de por qué no se ha podido el Decreto Ley 351, concerniente al Régimen Especial de Seguridad Social de los Cooperativistas de las Unidades Básicas de Producción Cooperativa, aprobado en 2017. Ello podría esclarecer la situación de otros cooperativistas en la misma situación”.