Denuncian ante la ONU situación de niños prisioneros políticos en Cuba

La denuncia, presentada por Cuban Prisoners Defenders al Comité de los Derechos del Niño, alude a los juicios contra menores tras las protestas del 11 de julio de 2021 en la isla.
Menores de edad prisioneros en Cuba
 

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La ONG Cuban Prisoners Defenders (CPD) denunció ante la ONU las violaciones contra los derechos del niño cometidas por el régimen cubano, informó la organización este 18 de abril.

La denuncia, presentada al Comité de los Derechos del Niño el 15 de este mes, alude a los juicios contra menores de 18 años tras las protestas del 11 de julio de 2021 en la isla, durante los cuales algunos recibieron penas que sobrepasan los 20 años en prisión.

“Presentamos un detallado informe jurídico de 22 casos de prisión política de niños”, precisó la organización con sede en Madrid,  “además, más de 1111 testimonios sobre la separación forzosa familiar de más de 5000 niños actualmente”.

CPD espera que el Comité tome en consideración su denuncia durante su 90° sesión, prevista para junio de este año.

Según el último listado de CPD, publicado el 7 de abril, de los 1027 prisioneros políticos presentes en la lista actual, 891 provienen de la represión de las manifestaciones del 11 de julio de 2021.

Entre los 1027 casos hay 38 menores, incluido uno de 13 años. Del total, 20 ya han sido condenados a penas que promedian los siete años de privación de libertad. Dos niñas y 14 niños verificados por PD fueron sentenciados por el supuesto delito de sedición.

El régimen cubano negó haber procesado judicialmente a menores de edad, y dijo que tales acusaciones son parte de una campaña de descrédito orquestada por Estados Unidos.

Un artículo publicado por el director de Cubadebate, Randy Alonso, afirma que “en Cuba no se procesa penalmente a ningún menor de 16 años, que es la edad legalmente establecida para tener Carnet de Identidad, votar o enfrentar juicios por delitos cometidos”.

En declaraciones a ADN Cuba, la abogada Laritza Diversent, directora del centro de asesoramiento legal Cubalex aseguró que el texto equipara “minoría de edad” con “edad mínima para contraer responsabilidad penal”, lo cual es un error y una tergiversación grave.

“En Cuba, a partir de los 16 años se adquieren responsabilidades penales mínimas, pero una persona sigue siendo menor de edad hasta los 18 años en virtud de la Convención de los Derechos del Niño, un documento que Cuba firmó en 1990 y entró en vigor para la isla en agosto de 1991”, precisó la especialista.

Por tanto, entre los 16 y 18 años un menor de edad puede ser llevado a tribunales y sometido a juicio, pero el proceso judicial que se le aplique exige garantías especiales, y debería ocurrir de acuerdo con las recomendaciones de la ONU, algunas de las cuales el régimen no ha tomado en cuenta.

Estas violaciones van contra la Observación General no. 10 de 2007 de la Convención de los Derechos del Niño, que establece en su artículo 37, por ejemplo, que la detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se utilizará tan sólo como medida de último recurso y que el menor tiene derecho a permanecer en libertad hasta comparecer ante la justicia.

 

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