EEUU anuncia nuevas sanciones contra el gobierno cubano a partir del 21 de octubre

El gobierno de Estados Unidos anunció una nueva fase de presiones sobre el gobierno de Cuba, por la escalada represiva que se está viviendo en la Isla y por el apoyo del régimen a Venezuela
La Oficina de Industria y Seguridad “establecerá una política general de denegación de arrendamientos de aeronaves a aerolíneas estatales cubanas”
 

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El gobierno de Estados Unidos anunció una nueva fase de presiones sobre el gobierno de Cuba, por la escalada represiva que se está viviendo en la Isla y por el apoyo del régimen a Venezuela.

Un comunicado de la Oficina de Industria y Seguridad (BIS, por sus siglas en inglés) del Departamento de Comercio, asegura que a partir de este lunes 21 de octubre esa oficina “enmendará el Reglamento de Administración de Exportaciones”, como una forma de apoyar la política de Donald Trump, que responsabiliza al régimen cubano por la represión contra el pueblo de la Isla y el apoyo al régimen de Nicolás Maduro en Venezuela.

La Oficina de Industria y Seguridad “establecerá una política general de denegación de arrendamientos de aeronaves a aerolíneas estatales cubanas”, señala el anuncio. La institución aclara que los aviones y embarcaciones no serían elegibles para una Excepción de Licencia “si son alquilados por un ciudadano de Cuba”.

Asimismo se revisarán los mecanismos de excepción de licencia para el pueblo cubano, con el objetivo de que “el gobierno cubano y el Partido Comunista no sean elegibles para ciertas donaciones”. El mensaje indica que el nuevo reglamento aclarará “el alcance de los artículos de telecomunicaciones que el gobierno cubano puede recibir sin licencia”.

El comunicado sostiene que Estados Unidos “mantiene un embargo integral al comercio con Cuba”, y por este motivo la exportación y reexportación a la Isla caribeña de artículos sujetos a las Regulaciones de Administración de Exportaciones (EAR) necesitan una licencia de la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio, a menos que se cuente con una excepción, cuyos requerimientos se especifican en la sección 746.2 (a) (1) de la EAR.

El organismo es el encargado de revisar, aprobar o denegar las licencias para estas exportaciones y reexportaciones. La División de Política Exterior de la Oficina atenderá a peguntas específicas sobre este particular a través del teléfono (202) 482-4252, indica el comunicado.

 

 

A pesar de la política general de denegación de exportaciones, hay excepciones que generalmente se aprueban como medicamentos y equipos médicos, “ya sea vendidos o donados”, aclara el mensaje de la Oficina, y enumera otros renglones que también suelen aprobarse como “los elementos para garantizar la seguridad de la aviación civil y la operación segura de aeronaves comerciales dedicadas al transporte aéreo internacional”, o “los elementos necesarios para la protección ambiental de la calidad del aire, las aguas y las costas de EEUU”.

Del mismo modo los equipos de telecomunicaciones que son generalmente aprobados por su potencial  para contribuir a “mejorar las comunicaciones hacia, desde y entre el pueblo cubano”.

Otras autorizaciones para exportar o reexportar hacia Cuba se emiten bajo excepciones de esta licencia.

El Soporte de Excepción de Licencia para el Pueblo Cubano (SCP) (Sección 740.21 de la EAR) autoriza la exportación y reexportación de ciertos artículos a Cuba que están destinados a mejorar las condiciones de vida, apoyar la actividad económica independiente, fortalecer la sociedad civil, mejorar el flujo libre de información, y facilitar viajes y comercio”, señala la Oficina.

Por ejemplo, una excepción de licencia para productos agrícolas autoriza la exportación o reexportación de productos agrícolas de origen estadounidense a Cuba, “siempre que su transacción cumpla con todos los criterios de la Sección 740.18 (a) del EAR”.

El comunicado recuerda que “volar un avión o navegar un barco hacia Cuba, incluso temporalmente, constituye una exportación o reexportación a Cuba”, y que se requiere de una licencia de la Oficina para la estancia temporal en la Isla de aeronaves no comerciales y embarcaciones sin carga, y que “las solicitudes de licencia para esas aeronaves y embarcaciones están sujetas a una política general de denegación”.

Asimismo, la Oficina recomienda la revisión de sus reglas con respecto a la política comercial con Cuba, y remite a la sección de preguntas frecuentes para obtener información adicional.

 

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