La organización no gubernamental Cubalex a favor de los derechos humanos en Cuba, realizó un análisis legal sobre el caso del rapero contestatario Maykel “Osorbo” Castillo, encarcelado desde el pasado 18 de mayo en una de las mazmorras de la dictadura castrista.
En su página oficial, la ONG señaló que el cantante, uno de los protagonistas del popular tema “Patria y Vida” e integrante del Movimiento San Isidro (MSI), “fue detenido, mientras estaba en su casa almorzando. Se lo llevaron sin camisa y sin zapatos y durante 13 días estuvo en desaparición forzada”.
En su informe, la consultoría legal detalla, que a las personas allegadas que fueron a investigar por el artista en la delegación policial: “se les negó información, alegando que Castillo no se encontraba registrado en el sistema. Su paradero fue desconocido hasta el día 31 de mayo cuando se supo que había sido trasladado a la prisión 5 y medio de Pinar del Río”.
“Durante este tiempo ni la Seguridad del Estado ni la policía dieron razones sobre Maykel o los motivos de su detención. Incluso la policía política fue a su casa y decomisó sus teléfonos celulares, sin orden de registro ni acta de ocupación”, denunció Cubalex.
Luego que el Comité Contra las Desapariciones Forzosas de Naciones Unidas confirmara en una misiva a Prisoners Defenders (PD) que el régimen cubano mantuvo al rapero Maykel Osorbo 14 días desaparecido, el medio de propaganda estatal Cubadebate publicó una nota donde se señala que los delitos por los que está siendo procesado son: “Atentado, Desórdenes Públicos y Evasión de Presos o Detenidos”.
“Según el Ministerio del Interior (MININT) la comisión del hecho fue el 4 de abril de 2021 cuando Maykel Castillo interfirió en la acción de la policía. Sin embargo, no fue hasta el 18 de mayo (44 días después) que lo detuvieron y trasladaron para el Órgano de Instrucción del MININT decretando el fiscal medida cautelar de prisión provisional”, explicó el equipo de profesionales de Cubalex.
Y añadieron: “(…) la Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de la Habana emitió una Resolución judicial el 24 de mayo de 2021 reconociendo que examinó detenidamente el Expediente de Fase Preparatoria 24/21 OEI-DCSE por los delitos de Atentado, Resistencia y Desacato. El expediente fue abierto casi un mes después de ocurrido el hecho, todo lo que da margen a una pregunta: ¿Quién miente, los jueces Alennis Vázquez Flores, Zamira Narrero Morgado, Greta Bernal Vila, Liliam Portel Gil y ZeydaTorres Medina o el medio oficial de información Cubadebate?”
Lea también
De acuerdo a lo reseñado por Cubalex, “en los hechos del 4 de abril cuando el músico se disponía a llegar hasta la sede del MSI, la policía efectuó una detención forzada, sin justificación legal y violando su derecho a transitar libremente, después de haber estado sitiado en su vivienda durante días por agentes de la Seguridad del Estado”.
Este día, vecinos de la comunidad de San Isidro interfirieron en la detención arbitraria de Maykel Osorbo, quien “se quedó en el medio de la calle con las esposas colgando de la mano, imagen que se ha convertido en ícono y evidencia de la represión del Estado hacia sus ciudadanos”.
El rapero fue detenido el 18 de mayo y el día 31 fue trasladado de La Habana para Pinar del Río. Cubalex precisó que se desconocen las razones de su reubicación y que esta medida “dificulta el acceso a su abogado y a las visitas familiares, debido al cierre de provincias con las restricciones por el Covid-19”.
La ONG recalca además que la Comisión Interamericana de Derecho Humanos (CIDH) “emitió medida cautelar el 11 de febrero de 2021 según consta en la Resolución 14/2021 a favor de los miembros del Movimiento San Isidro (MSI), entre los que se encuentra Maykel Castillo.
La CIDH solicitó al Estado cubano que “adoptara las medidas necesarias para proteger sus derechos frente a actos de riesgo atribuibles a las propias autoridades del régimen y garantizar que puedan desarrollar sus actividades como defensores de derechos humanos”. “Todo lo que se ve violado con su detención y sometimiento a un proceso penal injustificado”, concluyó Cubalex.