El Grupo de Trabajo para la Detención Arbitraria de Naciones Unidas emitió un dictamen jurídico sobre los casos de los activistas cubanos Denis Solís y Luis Robles, calificando sus arrestos como 'arbitrarios', tras las denuncias de Prisoners Defenders (PD) presentadas en enero de 2021.
Según difundió PD este 20 de octubre, el Grupo de Trabajo declaró ambos casos como detenciones arbitrarias en todas las categorías dirimibles (I, II, III y V).
¿En qué consisten las categorías I, II, III y V?
- Categoría I: es evidentemente imposible invocar base legal alguna que justifique la privación de la libertad
- Categoría II: cuando la privación de libertad resulta del ejercicio de derechos o libertades proclamados en los artículos 7, 13, 14, 18, 19, 20 y 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos
- Categoría III: cuando la inobservancia, total o parcial, de las normas internacionales relativas al derecho a un juicio imparcial, establecidas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los instrumentos internacionales pertinentes aceptados por los Estados afectados, es de una gravedad tal que confiere a la privación de libertad carácter arbitrario.
- Categoría V: Cuando la privación de libertad constituye una violación del derecho internacional por razones de discriminación basada en el nacimiento, origen nacional, étnico o social, idioma, religión, situación económica, opiniones políticas o de cualquier índole, género, orientación sexual, discapacidad u otra circunstancia, y que persigue o puede derivar en la vulneración de la igualdad de los derechos humanos.
"El Sr. Solís fue sometido a un juicio acelerado, mediante el procedimiento sumarísimo de Atestado Directo (…) El procedimiento de Atestado Directo faculta a los jueces a dictar sentencias orales y a notificarlas verbalmente, en audiencias breves, sin la presencia de fiscal, ni abogado, quedando el acusado sin el conocimiento de la convicción judicial, puesto que la decisión no se sustancia en un acta o sentencia escrita, y esta omisión es amparada por la normativa cubana", indicó el Grupo de Trabajo para la Detención Arbitraria de la ONU.
Concluyen que la privación de libertad de Solís González y Robles Elizástegui es arbitraria, por cuanto contraviene los artículos 3, 5, 8, 9, 10, 11 y 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; inscribiéndose en las categorías I, II, III y V.
El Grupo de Trabajo urgió al gobierno de La Habana a adoptar "las medidas necesarias para remediar la situación de Denis Solís y Luis Robles sin dilación, y ponerla en conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal" y exhorta a adherirse al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Sobre Robles Elizástegui, quien continúa preso y sin juicio el Grupo de Trabajo solicita al régimen cubano ponerlo 'inmediatamente en libertad' y concederles a ambos el derecho a obtener una indemnización y otros tipos de reparación, de conformidad con el derecho internacional.
El Grupo de Trabajo insta al gobierno cubano a que lleve a cabo una investigación exhaustiva e independiente de las circunstancias en torno a la privación arbitraria de libertad de Denis Solís y Luis Robles y adopte las medidas pertinentes contra los responsables de la violación de sus derechos.
El organismo remitió este caso al Relator Especial sobre la independencia de jueces y abogados, al Relator Especial sobre la tortura y a la Relatora Especial de sobre derechos culturales, para que tomen las medidas correspondientes.
Espaldarazo de ONU al 15N, señala Prisoners Defenders
De acuerdo con Prisoners Defenders (PD), el Dictamen es un respaldo definitivo al Movimiento San Isidro (MSI) y su huelga de hambre de noviembre del 2020, causada por la detención del artista Denis Solís, y que provocó la manifestación del 27N frente al Ministerio de Cultura de Cuba.
Señalan que este dictamen "da la razón al movimiento artístico y al pueblo de Cuba en su lucha por la libertad, precisamente a las puertas de la manifestación pacífica del próximo 15 de noviembre (15N), que ha sido prohibida por Cuba".