La justicia cubana: ciega y corrupta

El régimen cubano aprisiona y sanciona, en cuestiones de días, a los opositores mientras en casos donde la vida de los ciudadanos corre peligro, obstaculiza los procesos judiciales y permite abusos de poder y corrupción
La justicia cubana: ciega y corrupta. Fotos enviadas a ADN Cuba
 

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El 16 de diciembre de 2019 un joven recibió 12 puñaladas en un barrio de Centro Habana. La sentencia emitida el miércoles 18 de noviembre de 2020 a sus tres agresores es risible, y lanza un mensaje erróneo a la sociedad: cualquiera pueda atentar contra la vida de otro y salir ileso.

El acusado principal solo recibió un año de prisión domiciliaría mientras que sus hermanos, cómplices en el delito, deben abonar 200 pesos cubanos (8 dólares) por colaborar en el crimen.

Una docena de heridas y un neumotórax provocado por una de las incisiones no fueron suficiente para que el Tribunal Municipal situado en Zanja y San Francisco, dictaminara una sentencia mayor. Los acusados fueron procesados por el delito de Lesiones Leves contenido en el Código Penal cubano en el Capítulo VII, artículo 274.

El 274 establece una pena de tres meses a un año o multa de 100 a 300 cuotas o ambas a quien “cause lesiones corporales o dañe la salud a otro que, aun cuando no ponen en peligro la vida de la víctima, ni le dejan las secuelas señaladas en los artículos 272 y 273”.

Las secuelas explicadas en el artículo 272 son “deformidad, incapacidad o cualquier secuela anatómica, fisiológica o síquica” y las lesiones que las provocan son catalogadas de graves y las sanciones de privación de libertad son de dos a cinco años. 

Problemas de movilidad en una de las manos, crisis recurrentes de asma y dolores en la columna son algunas de las consecuencias que padece el joven tras el altercado. A pesar de ello los atacantes no fueron sancionados por el artículo 272.

“El médico de Medicina Legal dictaminó que fueron lesiones leves que no presentan peligro para la vida. Mi hijo llegó al hospital un neumotórax y estuvo a punto de morir”, señala en su denuncia Geidys Villazón, la madre del afectado.

El neumotórax se provoca cuando el aire se filtra en el espacio entre los pulmones y la pared torácica. El aire hace presión en la parte externa del pulmón y lo hace colapsar. Puede ser un colapso pulmonar completo o de una sola parte del pulmón. 

La abogada cubana Laritza Diversent, consultada al respecto, aclaró que “Las cicatrices provocadas por las heridas son secuelas anatómicas, desde ahí ya se consideran graves. En este caso no se hizo una correcta interpretación de las lesiones corporales”.

La fiscalía, encargada de defender a la víctima, no se presentó al juicio dejando desprotegida a la víctima. Según Diversent los procedimientos sumarios poseen la característica de que tanto la fiscalía como el abogado defensor del acusado pueden no presentarse. “Se puede hacer juicio sin fiscal y sin abogado defensor. La víctima quedó vulnerable, al no presentarse la fiscalía sus derechos dentro del procedimiento no se tendrán en cuenta”.

Destaca la abogada que “el fiscal ejerce la acción penal en representación del Estado, pero sí no estuvo ahí eso lo procesó la policía directamente y ese órgano hizo la calificación. La policía cubana no está calificada para hacer un análisis y hacer estas sugerencias”.

Los hechos narrados a ADN Cuba por la madre y la tía de la víctima evidencian lo que sostiene Diversent ante este caso: 

“Aquí hay una intención de ir contra los derechos de la víctima. Las victimas en el sistema penal cubano no están protegidas. Existe un conflicto de intereses evidente porque la Fiscalía representa al Estado y también a la víctima, quien tiene sus propios derechos como acceder a la sentencia, participar del proceso e ir representada por un abogado que defienda sus intereses y eso no pasa en el procedimiento penal cubano”.

¿Qué pasó el 16 de diciembre de 2019?

 

Los vecinos de la calle Jovellar entre Marina y Soledad en Centro Habana presenciaron, en diciembre último, cómo tres residentes de esa misma calle herían a un joven que estaba de visita en casa de sus familiares. Los cerca de 20 testigos oculares del hecho nunca fueron citados para testificar ni a presentarse al juicio.

“Los testigos no fueron citados, solo el tío que fue parte del hecho porque defendió a mi hijo”, cuenta Villazón quien teme que otro acto pueda ocurrir porque este no fue el primero.

En junio del pasado año la víctima recibió una herida en un brazo por parte del agresor principal. La denuncia que este hizo ante las autoridades policiales en ese entonces no tuvo una respuesta. El fiscal que atendió el caso de diciembre mencionó que ambos sucesos no tenían relación.

El origen del enfrentamiento fue una mujer. La víctima fue pareja en el pasado de la actual pareja del agresor. 

“La ex de mi hijo le contó a su novio que él estaba acosándola, cosa que no es cierta. El hermano del muchacho llamó a mi hijo, que estaba en la zona, para reclamarle. Mi hijo negó las acusaciones, el novio bajó y le dijo unas palabras. Luego los agresores sacan el cuchillo, uno lo coge por el cuello y los otros comienzan a darle las puñaladas. El tío de mi hijo intercedió para defenderlo”, explicó Villazón.

El joven herido huyó de la escena hacia una edificación cercana a la cual los agresores no pudieron acceder porque un vecino lo impidió, aunque según declara la madre estuvieron rondando el inmueble. 

“Si no me lo hubieran matado. Todo eso fue declarado y no se tuvo en cuenta”, sostuvo.

Luego el joven, a punto de desmayarse, llegó al policlínico de la zona donde le maltrataron e indicaron que fuese a un hospital. Una patrulla que iba pasando le recogió y lo llevó al Calixto García.

Una puñalada en el hombro derecho le había perforado la pleura provocando un neumotórax en un paciente asmático crónico.

Un médico consultado por ADN Cuba refirió que “Si el neumotórax no se atiende a tiempo la persona está en peligro de morir porque no puede respirar y el paciente termina haciendo una insuficiencia respiratoria. En el caso de un asmático tiene una mayor connotación”.

Para Diversent la sentencia es errada porque la victima estuvo a punto de perder la vida: “Si requirió ayuda médica y fue operado porque si no recibía asistencia médica podía morir pues estuvo en riesgo inminente de perder la vida y  no estamos hablando de lesiones graves sino de tentativa de asesinato”, aclaró.

Los atacantes fueron liberados bajo fianza hasta la consumación del juicio 11 meses después. 

Geidys Villazón ante la preocupación de que los culpables estuvieran en libertad consultó al Fiscal Municipal. Este le explicó que era una medida cautelar y que en el juicio se haría justicia: “Yo no entiendo a qué llaman justicia, esto justicia no es”.

Resalta aquí un detalle en el caso que muestra la corrupción del sistema. En la denuncia que Arasay Núñez, tía del joven, comunicara a ADN ella sostiene que:

“En el momento de los hechos las armas fueron escondidas por el padrastro de uno de los agresores, siendo el mismo Mayor "Chuit" de la PNR (Policía Nacional Revolucionaria) de la oncena unidad del Municipio San Miguel del Padrón, entorpeciendo la investigación y luego entregando solo una de ellas, pasado varios días, ya que fue visitado por los oficiales de la policía y se vio obligado.

Me es incomprensible el cómo por tener un cargo en este país, puedes abusar de ese poder y poner a toda una unidad a su favor y los agresores al día siguiente del suceso quedarán absueltos y en el día de hoy quede esa "justicia" tomada en este caso, donde existieron amenazas en espera de este juicio”.

La justicia no abunda en Cuba

 

La demora en el proceso cuando era un procedimiento sumario, la impunidad con que fueron puestos bajo fianza los perpetradores y la sentencia emitida resaltan las irregularidades del mismo. 

“Los jueces que actuaron están totalmente parcializados con los acusados y eso es muy grave, denota que el sistema de justicia en conjunto esta corrupto. En 12 puñaladas hay alevosía.

Existe una intención de beneficiar y de disminuir la responsabilidad penal de los agresores. Hay muchos elementos: actuaron en grupo, lo persiguieron y hubo problemas previos entre el agresor principal y la víctima. Esta persona lo puede intentar por tercera vez y, ¿qué mensaje le está dando la justicia cubana a la sociedad?”, declaró Diversent.

Entre las agravantes expuestas en el artículo 53 del Código Penal cubano varias se ajustan a este caso en particular, entre ellas los incisos a), d) e i):

a.) Cometer el hecho formando parte de un grupo integrado por tres o más persona.
d.) Cometer el delito con crueldad o por impulsos de brutal perversidad.
i.) Cometer el delito aprovechando la indefensión de la víctima, o la dependencia o subordinación de ésta al ofensor.

Sin embargo, los encargados de impartir justicia las obviaron a la hora de dictar una sanción y dejaron desprotegidos a la víctima y a su familia. 

Ante la impotencia que genera este caso, Arasay Núñez declaró:

“Luego queremos ejemplos de castigos para que no se cometan crímenes como estos y realmente es una falta de respeto. Quedan hoy tres sujetos agresivos libres sin castigo alguno. ¿Qué es una multa de 200cup cuando hoy día por tener el nasobuco incorrectamente puesto las multas son de 2000cup y hasta 3000cup en otras indisciplinas?

¡JUSTICIA pido JUSTICIA! La familia apelará a la sanción tomada y necesitamos ayuda, que este caso llegue a donde tenga que llegar”.

La justicia cubana padece de una ceguera atroz. El régimen cubano aprisiona y sanciona en cuestiones de días a los opositores mientras en casos donde la vida de los ciudadanos corre peligro obstaculiza los procesos judiciales y permite abusos de poder y corrupción. 

 

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