La abogada Laritza Diversent denunció en Facebook que continua el acoso y hostigamiento contra Julio Ferrer, abogado de la organización independiente Cubalex, que la semana pasada presentó en la Asamblea del Poder Popular una petición solicitando la revocación del D/L 389/19 sobre vigilancia electrónica.
Aproximadamente a las 7:00 pm --escribió Diversent-- el agentucho de la seguridad del Estado que se hace llamar José, (y que muestro en la foto) ilegalmente y sin cumplir lo establecido en la Ley le entregó una papeleta de citación. ¿Motivo? Amenazarlo por haber presentado en la Asamblea del Poder Popular una petición solicitando la revocación del D/L 389/19 sobre vigilancia electrónica. Ferrer Tamayo declaró nula la citación por no ajustarse a las formalidades legales previstas en el artículo 86 de la Ley de Procedimiento Penal. El personaje de la foto, el pasado 9 de septiembre de 2019 lo amenazó con impedirle salir del país si no colaboraba con ellos, y efectivamente le impidieron ilegalmente viajar a Colombia.
La semana pasada, Ferrer y otros abogados independientes de Cubalex protestaron formalmente contra la aprobación de la nueva ley y lo consideraron "una violación flagrante a los derechos humanos, en especial el derecho a la privacidad y la intimidad. Con él se legaliza lo que los órganos de seguridad en nuestro país venían haciendo desde hacía mucho tiempo. Esta nueva ley no se ajusta a lo estipulado en los convenios internacionales en materia de lucha contra el delito y las técnicas especiales y excepcionales que se utilizan para combatirlos”,
Según declararon a Diario de Cuba los abogados independientes Julio Ferrer y Edilio Hernández, la ley autoriza a violar las reglas del debido proceso, al ir en contra de la equidad entre las partes en el proceso penal. Aunque el decreto expone que se establece con el objetivo de acomodar las leyes nacionales a las internacionales, su texto no especifica a qué convenio dice ajustarse.
Para los juristas, esta nueva disposición no se ajusta al Manual de Técnicas Especiales de Investigación, Agente Encubierto y Entrega Vigilada emitido por la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, ya que dicho manual especifica que estos métodos de investigación solo se utilizarán de modo excepcional, algo que no aclara ni menciona el decreto del Gobierno cubano.
“La total ausencia de supervisión judicial y las facultades de discrecionalidad de los agentes del estado durante la fase preparatoria al juicio favorecen la arbitrariedad en el uso de esas técnicas especiales de investigación frente a la ausencia total de recursos legales efectivos por parte de los ciudadanos para protegerse contra invasiones arbitrarias de privacidad”, agregaron.
El Decreto-Ley 389 de 2019, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 27 contiene un grupo de normas que modifican el Código Penal vigente en la Isla, la Ley de Procedimiento Penal y la Ley contra Actos de Terrorismo, y dan luz verde a las autoridades policiales para que revisen las comunicaciones privadas de los cubanos presuntamente involucrados en “delitos”.
De acuerdo con el Decreto, el fin de la nueva ley sería “reforzar el ordenamiento penal interno”, y “elevar la efectividad en la prevención y enfrentamiento a los delitos de lavado de activos y financiamiento al terrorismo, en defensa de los intereses nacionales”.
Los “intereses nacionales”, han sido invocados por el régimen cubano, por ejemplo, para condenar a escritores y periodistas a penas de hasta más de 20 años de privación de libertad.
Además de la vigilancia electrónica, el Decreto-Ley 389 avala técnicas investigativas como “el colaborador eficaz” y “la investigación encubierta”. Estas actividades se realizaban de facto en Cuba, sin necesidad de una ley soporte, por lo que a partir de ahora el régimen podría incrementar sus acciones de “penetración enemiga”: plantar agentes de la Seguridad del Estado dentro de organizaciones opositoras y de la sociedad civil” y “vigilancia electrónica”, “pinchar” teléfonos e interceptar correspondencia y mensajes privados.