HRW: Decreto Ley 35 viola libertad de expresión y amenaza privacidad

La organización pro derechos humanos Human Rights Watch (HRW) concluyó que el Decreto Ley 35, enunciado en la Gaceta de Cuba el pasado 17 de agosto, viola la libertad de expresión en internet y amenaza la privacidad de los usuarios cubanos.
Cubanos conectados a internet. Foto: Yamil Lage/AFP
 

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La organización pro derechos humanos Human Rights Watch (HRW) concluyó que el Decreto Ley 35, enunciado en la Gaceta de Cuba el pasado 17 de agosto, viola la libertad de expresión en internet y amenaza la privacidad de los usuarios cubanos.

El Decreto-Ley 35 «De las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y la Comunicación y el uso del Espectro Radioeléctrico” es parte de un paquete de normas para regular el uso de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información y la comunicación(TICs) en la isla caribeña. 

El mencionado decreto instaura el marco legal de las telecomunicaciones y las TICs en el país y establece prácticas que el único operador de telecomunicaciones en Cuba, la empresa de Telecomunicaciones de Cuba S.A. (Etecsa), ya ponía en práctica al deshabilitar el acceso de internet a los opositores y periodistas independientes de manera selectiva.

Dentro de los objetivos del Decreto Ley 35 está el empleo de estos servicios para defender el sistema socialista cubano y para “satisfacer las necesidades generales del Estado y el Gobierno y las relacionadas con la Seguridad y la Defensa Nacional, el Orden Interior y la Defensa Civil en materia de las telecomunicaciones/TIC y del uso del espectro radioeléctrico”.

El análisis reciente de HRW de la normativa arroja que esta cercena el derecho a la libertad de expresión, especialmente en las redes sociales, y que los gobiernos foráneos “deberían condenar urgentemente este ataque contra la libertad de expresión y presionar a Cuba para que derogue esta nueva legislación”.

Juan Pappier, investigador sénior para las Américas de HRW expresó al respecto que “El internet ha creado una verdadera revolución en Cuba al permitir que las personas se comuniquen con mayor libertad, denuncien abusos internacionalmente y organicen protestas pacíficas, algo que era prácticamente imposible hace pocos años”.

La legislación establece un grupo de derechos y deberes tanto para los usuarios como para los operadores y proveedores. Entre los deberes de los clientes está el de impedir que los servicios se usen para atentar contra el Estado y está prohibido transmitir “noticias falsas” o información ofensiva, discriminatoria, o que “afecte la intimidad personal y familiar o la propia imagen y voz; la identidad, integridad y el honor de la persona; la seguridad colectiva, el bienestar general, la moralidad pública y el respeto al orden público”.

La ONG recordó en su texto que “Con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos, las leyes solo pueden limitar los derechos a la libertad de expresión y de reunión cuando ello sea necesario y proporcional para lograr un objetivo legítimo, tal como la protección de la seguridad nacional o los derechos de otras personas. El Decreto-Ley 35 contiene muchas disposiciones vagas e imprecisas que son inconsistentes con el derecho internacional de los derechos humanos y podrían fácilmente ser utilizadas para violar derechos humanos, ya sea a gran escala o con ataques específicos contra críticos del gobierno”.

A pesar de que la ley refiere que es un deber de los operadores y proveedores proteger la información y datos personales de sus usuarios, su esencia “constituye una amenaza a la privacidad”, asegura HRW.

“El decreto requiere que los proveedores de telecomunicaciones otorguen una amplia gama de informaciones y servicios a las autoridades gubernamentales. Según el decreto, los proveedores deben proporcionar a los organismos de seguridad las “facilidades técnicas y los servicios que requieran” y al Ministerio de Comunicaciones “la información que este determine”. Estas obligaciones vagas y amplias pueden permitir violaciones indebidas al derecho a la privacidad”.

HRW mencionó otros casos donde gobiernos han coartado la libertad de expresión de sus ciudadanos; entre ellos la aplicación en marzo del 2020 en Rusia del artículo 207.1 del Código Penal que penaliza a quien distribuya información falsa y que amenace la vida. También en 2000 Nicaragua aprobó una ley de ciberdelitos y Arabia Saudita, desde 2007, criminaliza la producción de contenidos que sean perjudiciales para el orden público, la moral y la religión. 

 

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