Detienen a activista de UNPACU que había sido multado por Decreto-Ley 370

Acosta Cortellan aparece en la lista de opositores multados por incumplir el Decreto-Ley 370, más conocido como "ley Azote"
Luis Acosta Cortellan
 

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El activista opositor y miembro de la Unión Patriótica de Cuba (Unpacu), Luis Acosta Cortellan, fue detenido este 3 de agosto por razones que no están del todo claras, según informan otros miembros de esa organización.

En cualquier caso, Acosta es uno de los multados por incumplir el Decreto-Ley 370 y blanco de los órganos de seguridad cubanos por pertenecer a la más activa y numerosa organización opositora en el país: la Unpacu.

Al menos veintisiete personas han sido multadas en Cuba bajo el Decreto Ley 370 en lo que va de año, según un reporte del recién creado Movimiento Cubano por la Libertad de Expresión (MOLE), encabezado por la influencer Iliana Hernández y la periodista independiente Camila Acosta.

El procedimiento siempre ha estado dirigido por la policía política, asegura la coordinadora de MOLE, quien afirmó que “se ha citado previamente a unidades de la Policía a los que van a ser sancionados”.

“En todos los casos han estado involucrados los oficiales de la Seguridad del Estado que son los que arman todo el proceso a través de inspectores del Ministerio de Comunicaciones o de funcionarios de ETECSA (una violación porque ETECSA no está facultada para imponer estos castigos). Otros han sido arrestados, de manera arbitraria, y luego penados bajo esta disposición conocida como Ley Azote”.


El 4 de julio de 2019 el número 45 de la Gaceta Oficial de Cuba publicó el Decreto Ley 370, el cual establece un amplio control por parte del gobierno sobre internet.

Desde el inicio del documento, se percibe el matiz ideológico, intolerante y discriminatorio, pues se declara que una de sus intenciones es consolidar las conquistas del socialismo y “el uso y desarrollo de las TICs, como instrumento para la defensa de la Revolución”.

Específicamente el inciso i del artículo 68 dice que considera una contravención asociada a las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) "difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas".

También el inciso f del artículo anterior reza que es una violación “hospedar un sitio en servidores ubicados en un país extranjero, que no sea como espejo o réplica del sitio principal en servidores ubicados en territorio nacional”.

Por su parte, el artículo 70 define la multa a imponer que es de 3000 pesos cubanos (120 dólares), un monto bastante alto para un cubano de a pie con salarios medios de 30 dólares aproximadamente.

 

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