Ministerio de Transporte cubano reajusta precios de los servicios aeronáuticos

Ministerio de Transporte cubano sube los precios de los servicios aeronáuticos
 

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El Ministerio de Transporte cubano estableció un "reajuste" en las tarifas de los servicios de la navegación aérea en lo que a derechos de aterrizaje y estacionamiento de aeronaves en el país de refiere, según informan medios oficiales.

Según el sitio oficialista Cubadebate, el MITRANS también dictó el modo de facturación de los servicios de navegación aérea de entrada, tránsito o salida de aeronaves dentro de la Región de Información de Vuelo o de Control de Tránsito Aéreo Habana, acorde con la práctica internacional.

La medida entró en vigor con la publicación en la Gaceta Oficial número 57 Ordinaria del 5 de agosto de 2019, de la resolución No. 251/2019, que contiene la orden firmada por el ministro del ramo, Eduardo Rodríguez Dávila.

De acuerdo con el documento, las tarifas anteriores, inferiores a las ahora establecidas, "ya no responden a los requerimientos actuales que demanda la prestación de tales servicios", al remontarse a decisiones de los años 2006, 2007 y 2008 pronunciadas por el presidente del Instituto de Aeronáutica Civil de Cuba.

La resolución dispone "que se facturen por vuelo los servicios de navegación aérea de entrada, tránsito o salida para todas las aeronaves que operen en la Región de Información de Vuelo o de Control de Tránsito Aéreo Habana, a partir de la entrada en vigor de esta resolución".

También ordena que los "servicios de navegación aérea que se prestan a las aeronaves que sobrevuelan dentro de la Región de Información de Vuelo o de Control de Tránsito Aéreo Habana, se cobran" por las tarifas ahora establecidas, que se "conforman a partir del peso máximo de despegue de la aeronave de acuerdo con el Certificado de Aeronavegabilidad y con un recorrido promedio de 500 kilómetros dentro de esa Región".

La regulación fija, además, las tarifas que se deben erogar por las "aeronaves que operan en la Región y aterrizan o despegan en uno de los aeropuertos cubanos y recorren hasta 500 kilómetros".

A las que superen la anterior distancia, se les incrementa en un 20% las tarifas, mientras que si realizan "operaciones de despegue y aterrizaje entre aeropuertos cubanos se les aplica un descuento del 20%".

Asimismo, se "exime del pago de los derechos por servicios aeronáuticos a las aeronaves de los Estados que hayan suscrito con el Estado cubano acuerdos de reciprocidad que concedan iguales beneficios a las aeronaves cubanas".

Sobre el pago de los servicios de navegación aérea, se establece que las entidades extranjeras los realizan en moneda libremente convertible a la tasa de cambio vigente en Cuba para el peso cubano convertible.

La estatal Corporación de la Aviación Cubana SA, atendida por el ministro del Transporte es la responsabilizada de la ejecución y control de lo dispuesto. El Reglamento orgánico del MITRANS, emitido por la Resolución Uno dictada por el Presidente del Consejo de Ministros el 2 de septiembre de 2016, da al titular de esa cartera la facultad para aprobar los precios y tarifas de los servicios de la navegación aérea, precisa Cubadebate.

 

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