General Electric, multada por violar el embargo a Cuba

La compañía pagará casi 3 millones de dólares por responsabilidad civil en 289 violaciones del Reglamento de Control de Activos de Cuba.
General Electric, multada por violar el embargo a Cuba
 

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La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) informó este martes que la compañía estadounidense General Electric deberá pagar alrededor de tres millones de dólares al Departamento del Tesoro por haber violado el embargo económico al gobierno cubano.

La filial de GE en Boston acordó pagar un total de $2,718,581 por responsabilidad civil en 289 violaciones del Reglamento de Control de Activos de Cuba a nombre de tres filiales (Getsco Technical Services Inc., Bentley Nevada y GE Betz).

“La penalidad monetaria civil máxima legal aplicable en este asunto es de $18,785,000. OFAC determinó, sin embargo, que GE divulgó voluntariamente las presuntas violaciones y que estas constituyen un caso no grave”, indicó la entidad federal.

La falta cometida por las compañías de GE fue recibir 289 cheques directamente de la compañía canadiense Cobalt, entre el 9 de diciembre de 2010 y el 28 de febrero del 2014, por un valor aproximado de $8,018,615, según informó Martí Noticias.

Cobalt, es una de las tres entidades propiedad de una empresa conjunta entre un cliente canadiense de GE y el gobierno de Cuba, por lo que aparece en la Lista de Nacionales Especialmente Designados (“LISTA SDN”) y de personas bloqueadas por la OFAC desde 1995.
 

La OFAC indicó que el antiguo cliente canadiense de GE mantiene fuertes lazos económicos desde hace años con la industria minera cubana a través de asociaciones comerciales y empresas conjuntas con el gobierno de la Isla.

Informó también que GE mantuvo la relación comercial con este cliente, renovando el vínculo alrededor de 18 veces desde 1996 hasta que terminó su contrato, “a pesar del evidente riesgo de sanciones que esto implicaba”.

La oficina de control de activos advirtió tras el caso de los riesgos de sanciones que corren las empresas estadounidenses o extranjeras al aceptar pagos de terceros o realizar transacciones en moneda extranjera o a través de una institución financiera extranjera.

“Las empresas de EEUU pueden mitigar el riesgo de sanciones al realizar evaluaciones de riesgos y actuar con cautela al hacer negocios con entidades afiliadas, o que se sabe que realizan transacciones con personas o jurisdicciones sancionadas por la OFAC, o que de otro modo representan un alto riesgo debido a sus empresas conjuntas, afiliadas, subsidiarias, clientes, proveedores, ubicación geográfica o los productos y servicios que ofrecen”, concluyó.

 

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