¿Podrán entrar a EE.UU. cubanos cuya residencia haya expirado durante la pandemia?

Experto en temas de Inmigración en Estados Unidos ofreció a ADN Cuba algunos criterios legales, relacionados con la admisión de cubanos cuya residencia permanente haya expirado estando fuera del país durante la crisis generada por la COVID-19
 

Reproduce este artículo

Al suspenderse los vuelos comerciales entre Estados Unidos y Cuba, a finales de marzo y por las restricciones de viaje provocadas por la pandemia del coronavirus, una cifra considerable de cubanos con residencia permanente en EE.UU. quedaron varados en la isla.

Durante este período al que todavía no se le ve final, puede que expire la residencia legal de muchos emigrados. En esos casos, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) determinará individualmente si admiten otra vez a esos cubanos en el territorio estadounidense.

ADN Cuba obtuvo declaraciones del Abogado de Inmigración, Ángel F. Leal, Jr., con el propósito de conocer algunos de los términos legales establecidos en este contexto.

¿Cuáles serán los criterios de admisión que evaluarán los agentes en frontera para permitir la entrada?

Que las personas tengan una visa que les permita la entrada y pasaporte vigente para hacerlo. Además, que las personas sean admisibles en los EE.UU.

¿Cuáles son las evidencias que deben presentar para ser admitidos los viajeros?

Visa válida, no vencida, y un pasaporte que tenga al menos seis meses de vigencia después de la fecha de entrada al país.

¿Qué criterios seguirán los funcionarios de CBP para evaluar a los cubanos cuya residencia legal se ha vencido fuera del país en el contexto de la crisis del coronavirus?

Es un tema complicado. Generalmente no se puede renovar la tarjeta de residencia estando fuera de los Estados Unidos. Es importante entender que con una ausencia de más de seis meses se puede presumir un abandono de la residencia permanente, y con una ausencia de más de un año, se asume dicho abandono.

Bajo las reglas de la Aduana y Protección Fronteriza, se permite que la aerolínea deje abordar el avión a la persona, si tiene una tarjeta de residencia con una fecha de vencimiento de 10 años a pesar de que esté caduca, o la residencia condicional con el recibo de la petición para remover la base condicional de la residencia.

En caso de que la aerolínea no permita que la persona aborde con la tarjeta vencida, a pesar de que la política de Aduana y Protección Fronteriza permita ese abordaje, la persona tiene que presentar el Formulario I-131 con la Embajada para básicamente pedir un documento de viaje para poder abordar, y eso debe demorar aproximadamente dos semanas. Se presenta directamente con la Embajada americana o el consulado más cercano.

Ante la emergencia sanitaria: ¿por qué no se extendió la fecha de vencimiento de la residencia legal en Estados Unidos?

Porque esa fecha es individual, depende de las circunstancias de cada persona y es la tarjeta de residencia de cada persona. No se puede extender de forma generalizada.

¿En caso de denegarse la entrada, podrán apelar a esa decisión? ¿Cómo serían los procedimientos?

Depende del tipo de visa. Si es un residente permanente tiene derecho a Corte de Inmigración. Una persona con visa de turismo u otro tipo de visa de no inmigrante, de ser declarado inadmisible, pudiera ser deportado de forma sumaria en el puerto de entrada por parte de un oficial de frontera.

¿Se conoce la cantidad de cubanos residentes legales permanentes en los Estados Unidos que se han quedado varados en Cuba u otros países?

No conozco la cifra. Sí les puedo comunicar que en el 2018 habían más de un millón 300 mil cubanos que emigraron a Estados Unidos y están en calidad de ciudadanos naturalizados o residentes permanentes, así que es un número sustancial.

¿Cuántos han podido regresar a Estados Unidos? ¿Cuáles han sido los criterios para armar las listas en los vuelos humanitarios entre EE.UU y Cuba?

Hasta el momento han facilitado la repatriación de más de 1500 ciudadanos americanos y residentes permanentes desde Cuba a Estados Unidos, han sido alrededor de nueve vuelos que han podido facilitar en estos últimos dos meses y están buscando opciones para agregar vuelos adicionales.

El criterio para armar las listas ha sido básicamente quienes primeros se han presentado, pero sí indican que los ciudadanos americanos en Cuba se registren con el Departamento de Estado a través de un programa de “Viajero Inteligente”, donde ellos pueden registrarse y después monitorear la Embajada norteamericana en La Habana para obtener información más actualizada y mantener la comunicación con dicha sede, además de monitorear las condiciones locales.

La Embajada de Estados Unidos en La Habana anunció recientemente que por decisión del gobierno cubano los pasajeros con el propósito de regresar a Estados Unidos en vuelos humanitarios requerirán obligatoriamente un permiso previo del Ministerio del Interior (MININT), lo que agrega un nuevo requisito legal.


Si alguien presenta alguno de los motivos de inadmisibilidad que enumera la Ley de Inmigración de Estados Unidos, ¿su caso podría ser considerado de forma individual o queda anulada su entrada automáticamente?

En el caso de un residente permanente sí tiene posibilidad de presentarse en una Corte de Inmigración. La entrada no queda anulada automáticamente, el residente tendría derecho a presentarse frente a un Juez de Inmigración.

El que entra con una visa de No Emigrante es el que corre más peligro de una deportación expedita.

Entre los motivos de inadmisibilidad que incluye la Ley de Inmigración de Estados Unidos a través de varias categorías se pueden mencionar: razones de seguridad, delincuencia, carga pública, violaciones de la legislación vigente y requisitos de documentación, certificación laboral y razones de salud, entre otros.

Lo más importante es regresar antes del año y abordar el avión con la tarjeta de residencia no vencida, ya que no existe la posibilidad de renovarse desde el exterior y posiblemente deban presentar ese Formulario I-131 A, pidiendo el permiso de abordar a la aerolínea para poder regresar a los Estados Unidos”, concluyó el abogado.   

Cuba inició en casi todo el país la desescalada del confinamiento impuesto a partir de la llegada del coronavirus a la isla; aunque aún el Aeropuerto Internacional José Martí de La Habana no ha reanudado sus operaciones.

Otro aspecto a considerar son las restricciones de vuelos desde Estados Unidos a Cuba impuestas por la administración de Donald Trump para reforzar el embargo, como la suspensión de viajes con destino a nueve aeropuertos de la isla y el límite de 3.600 vuelos anuales permitidos al Aeropuerto Internacional de La Habana.

 

 

Relacionados