Estados Unidos podría negar estatus a quienes violen el embargo a Cuba

USCIS agregó que a pesar de esta lista, los oficiales deberán realizar el análisis caso por caso de los descritos anteriormente
Estados Unidos podría negar estatus a quienes violen el embargo
 

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El gobierno estadounidense podría negar estatus legal a aquellas personas que violen el embargo contra Cuba, según actualizó en su página oficial el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).

La agencia incluye un total de 16 delitos por los cuales podría negar la ciudadanía a migrantes.

Entre las infracciones destacan Huir bajo fianza cometer fraude bancario, conspirar para distribuir sustancias controladas, hacerse pasar por ciudadano de Estados Unidos, no pagar impuestos, falsificación de registros, falso reclamo de ciudadanía estadounidense, falsificación, fraude de seguro, obstrucción de la justicia, agresión sexual, fraude de la Seguridad Social, acoso ilegal, registrarse ilegalmente para votar, votar de manera ilegal, y por último violar el embargo de Estados Unidos.

USCIS agregó que a pesar de esta lista, los oficiales deberán realizar el análisis caso por caso de los descritos anteriormente, incluso si el acto refleja negativamente el carácter moral de uno y la existencia de cualquier circunstancia atenuante.

 

 

Desde agosto trascendió que nuevas normas establecidas por la Administración de Donald Trump para limitar la inmigración legal a Estados Unidos podrían afectar también a algunos cubanos, según un abogado de inmigración citado por el portal de noticias CiberCuba.

De acuerdo con esas regulaciones, los funcionarios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS) determinarán si el posible inmigrante puede convertirse en una “carga pública” para el país.

Basados en factores como la edad, los niveles de escolaridad, el estado de salud, la cobertura de seguro médico, y la situación financiera de los reclamantes, las autoridades decidirán si una persona recibe o no la Residencia Permanente (Green Card).

Asimismo, quienes ya tengan el estatus migratorio, o posean una visa temporal de trabajo, pueden verse afectados si las autoridades de inmigración llegaran a considerar que dependen de cupones de alimentos (Food Stamps), cupones para viviendas o cualquier otro programa de beneficios públicos.

Aquellos cubanos que se acogen a la Residencia a través de la Ley de Ajuste Cubano porque cumplen los requisitos necesarios para obtener el beneficio migratorio por esta vía, “no se verán afectadas por el nuevo reglamento”, asegura la nota del portal de noticias.

Sin embargo, señala que “(…) la noticia no es favorable en casos de personas que han entrado con reclamaciones familiares directas o visas de noviazgo (fiancee) tras cumplir el trámite regular de espera, y han solicitado después ayudas financieras de Asistencia Temporal para Familias Necesitadas o el Seguro de Ingreso Suplementario del Seguro Social”.

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