Aduana de Cuba: regulaciones vigentes y lista de precios

¿Cuántas libras se pueden entrar a Cuba? Cantidad de artículos y lista de precios de la Aduana de Cuba. Impuestos y nuevas regulaciones aduaneras para Cuba. Todo lo que necesitas saber antes de viajar a Cuba.
Aduana de Cuba: regulaciones vigentes y lista de precios 2019
 

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En este artículo encontrarás respuestas a las preguntas más comunes sobre la Aduana de Cuba y la lista de precios de los impuestos aduanales.

La Aduana en Cuba se rige por la Ley de Aduana y cualquier cambio en las regulaciones aduanales, es publicado por la Gaceta Oficial.

¿Cuántas libras se pueden entrar a Cuba?

El peso máximo libre de impuestos en el equipaje permitido al viajar a Cuba es el siguiente: hasta 30 kg de peso (66 libras) entre lo facturado y el equipaje de mano no tienen ningún coste adicional (25kg de artículos personales o misceláneas y 5 kg de artículos para familiares o amigos).

Cada pasajero puede entrar a Cuba un máximo de 1000 pesos, que corresponden a 125 kg de misceláneas. De ellos, 30 kg están exentos del pago del impuesto aduanal.

1 kg de misceláneas equivale a un valor de 10.00 pesos.

¿Qué se considera misceláneas?

Lista de artículos que la Aduana de Cuba considera Misceláneas:

-        Calzado

-        Confecciones

-        Alimentos

-        Artículos de aseo personal y del hogar

-        Bisutería

-        Lencería

-        Perfumes

-        Otros similares

Si el pasajero es menor de 10 años solo puede ingresar al país sus efectos personales, incluyendo juguetes, que también son considerados en esta categoría.

El resto de los artículos importados, como los Electrodomésticos y sus partes, se valoran de manera independiente (no por el peso).

Canal verde

Los pasajeros pueden pasar por el Canal Verde siempre que solo porten artículos libres de pago de impuestos aduanales. Para pasar por el canal verde es necesario que viajen únicamente con sus efectos personales sin superar los 30 kg.

Canal Rojo

Los viajeros que no cumplen con lo establecido para el canal verde, pasarán por el llamado canal rojo.

Estos pasajeros llevan artículos que no se consideran misceláneas y  exceden los 30 kg de peso.

Si el equipaje sobrepasa los 125 kg, La Aduana decomisa el exceso de mercancías.

El pasajero tiene el derecho de escoger los artículos que serán decomisados. No se le permite la reexportación de los mismos.

 

Moneda de pago

Los residentes permanentes en Cuba pagan la primera importación del año en pesos cubanos, moneda nacional, o CUP. A partir de la segunda importación del año calendario, el pago se efectuará en pesos convertibles o CUC.

Los residentes en el exterior realizarán todos los pagos en pesos convertibles o CUC

Cantidad de Artículos y Precios

Existe un límite en la cantidad de cada artículo que se puede entrar al país. Esto define su carácter personal o comercial.

La resolución No. 206 de 2014 establece los límites en las cantidades de cada artículo que se pueden entrar y la lista de precios de la aduana de Cuba:

 

Y la resolución No. 207 de 2014 establece los precios de los artículos:

 

Ingreso con dinero en efectivo

Los pasajeros deben hacer una declaración siempre que ingresen al país con una cantidad de dinero en efectivo superior a los 5 mil dólares.

Artículos exentos de pago para Cuba

La Aduana de Cuba permite la entrada libre de algunos productos, entre ellos:

-        Hasta 10 kilogramos de medicamentos.

-        Culeros desechables para adultos.

-        Productos farmacéuticos, sillas de ruedas para inválidos, libros científico- técnicos, de arte y literatura; partituras musicales; discos, cintas magnetofónicas, vistas fijas y películas cinematográficas para la enseñanza; prótesis, cuando reemplacen o sustituyan un órgano o parte de él; y los equipos, libros o materiales destinados para ciegos.

-        Objetos personales usados.

Artículos prohibidos

-        Drogas y estupefacientes.

-        Sustancias psicotrópicas o alucinógenos.

-        Sustancias precursoras.

-        Drones.

-        Motores y carrocería de autos y motocicletas

-        Literatura, artículos y objetos obscenos o pornográficos o que atenten contra los intereses generales de la nación.

-        Acondicionadores de aire con una capacidad superior a 1 tonelada o 12,000 BTU.

-        Cocinas y hornillas eléctricas, excepto las vitrocerámicas de inducción, de cualquier modelo y que su consumo eléctrico no exceda 1500 Watt.

-        Hornos eléctricos, excepto los microondas (microwave) cuyo consumo eléctrico no exceda los 2000 Watt.

-        Resistencias eléctricas de cualquier tipo.

-        Vehículos ligeros de motor de combustión.

-        Productos de origen animal susceptibles de ser portadores de enfermedades.

 

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