Este viernes, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) calificó de 'burla', la nueva censura del régimen cubano contra la prensa independiente.
Dicha organización se refiere al listado de 124 oficios prohibidos para desarrollarse en el sector privado, entre ellos, el periodismo, las actividades de agencias de noticias y la producción audiovisual.
"Lamentamos que el régimen siga haciendo valer el artículo 53 de la Constitución sobre que son el Estado socialista y sus funcionarios, y no los ciudadanos, los dueños y depositarios de las libertades", dijo el presidente de la SIP, Jorge Canahuati.
"Esta es una nueva burla contra el periodismo independiente, el que ya viene siendo coartado por leyes y decretos mordaza que incluso permiten que los periodistas sean encarcelados arbitrariamente", agregó Canahuati, también presidente del Grupo Opsa, de Honduras.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, Carlos Jornet, director del diario La Voz del Interior, de Argentina, dijo que "esta nueva clasificación estatal anula la capacidad emprendedora de los ciudadanos y profundiza la censura que el régimen viene ejerciendo sobre la libertad de prensa en sus 62 años de dictadura".
Prensa independiente excluida de reforma del trabajo por cuenta propia
Entre estas actividades que quedan denegadas, se incluyen los proyectos de prensa independiente.
En el documento compartido por el sitio de propaganda oficial Cubadebate, en la "Sección J: Información y comunicaciones", se puntualiza que las "actividades de agencias de noticias" estarán vetadas.
También se precisa que queda prohibido:
- Edición y maquetación de libros, directorios y listas de correos, periódicos, tabloides y revistas en cualquier formato o soporte.
- Producción audiovisual y cinematográfica, actividades de grabación de sonido y edición de música, excepto la operación y/o arrendamiento de equipamiento para la producción artística, Agente de selección de elenco (casting), Auxiliar de producción artística.
- Transmisiones de radio.
- Programación y transmisiones de televisión, y actividades de programación cultural de la música, las artes escénicas, el libro, las artes plásticas, el cine, el patrimonio cultural y el trabajo comunitario. (6020)
- Actividades de telecomunicaciones alámbricas.
- Actividades de telecomunicaciones inalámbricas, incluye el servicio de móvil troncalizado.
- Actividades de telecomunicaciones por satélite.
- Procesamiento de datos, hospedaje y actividades conexas.
Por otro lado, en la "Sección R: Actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas", se especifica en primera instancia que no se autorizan las 'actividades de periodistas'.