Otra condena por acaparamiento: un año de cárcel por comprar 70 cartones de huevos

El periodista Yusnaby Pérez ha dado a conocer en Facebook una denuncia de la afectada, que entró ayer en prisión.
Otra condena por acaparamiento: un año de cárcel por comprar 70 cartones de huevos
 

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La cuentapropista cubana Marisleydis Rojas Peña ha sido condenada a un año de privación de libertad por comprar 70 cartones de huevo para su dulcería.

"Sencillamente soy una trabajadora. Aquí cuando tú no tienes antecedes te los buscan, sencillamente por comprar huevos", declaró Rojas Peña en un video compartido en Facebook por el periodista Yusnaby Pérez.

Según cuenta la afectada, el pasado mes de julio adquirió 70 cartones de huevos para su negocio con la ayuda de nueve personas que hicieron la cola del producto en una feria estatal.

Un periodista llamado Ricardo Gómez los delató con la policía, que acabó decomisándole los cartones.

Una semana después, la Fiscalía cubana ordenó investigar a la mujer y le quitaron su carro.

Después de semanas de investigación, las autoridades celebraron un juicio este mes, donde decidieron que la mujer tenía que pasar un año en prisión.

Una de sus hijas, embarazada, denunció "la injusticia" cometida con su madre, quien tiene dos hijos más, uno de 10 años de edad. El padre de la embarazada también cumple penas de privación de libertad por vender espejuelos con aumento.

"Es un abuso de poder lo que hicieron con mi mamá", dijo la joven.

Pérez informó que, lamentablemente, a la mujer fue detenida este jueves y conducida a una prisión de mujeres.

No es la primera vez que las autoridades de la Isla condenan a cuentapropistas por el delito de "acaparamiento".

Recientemente, los siete cubanos implicados en la compra de 15 mil manzanas en el Centro Comercial La Puntilla fueron condenados por los delitos de cohecho y acaparamiento, a penas que oscilan entre los siete meses y los seis años de cárcel.

El abogado Miguel Iturria, colaborador de la independiente Asociación Jurídica de Cuba, advierte de que algunos juristas son del criterio de que el delito de acaparamiento "está reservado solo para productos normados cuya adquisición es limitada" pero en la práctica judicial se ha aplicado con frecuencia contra clientes de mercados liberados como las tiendas en moneda convertible.