Casa por cárcel para presos en Colombia

Decreto 546 emitido por el gobierno colombiano que beneficia a algunos presos de las instituciones penitenciarias a casa por cárcel
confinamiento de presos
 

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El pasado 14 de abril, el gobierno colombiano expidió el Decreto 546 como una medida preventiva ante el COVId-19 y la emergencia carcelaria que atraviesa el país. Por medio del cual se buscan adoptar, para algunos internos, el beneficio de casa por cárcel.

Durante el aislamiento obligatorio se han registrado  protestas desde las diferentes cárceles del país, exigiendo condiciones dignas y justas por el valor de la vida.

Hasta la fecha se han presentado 22 casos y 3 fallecidos por el COVID-19 en la cárcel de Villavicencio,  en el departamento de Meta; además, se han realizados más de 100 pruebas para confirmar si existen otros casos.

Los internos que se beneficiarán por este decreto, deberán cumplir con las siguientes condiciones.

  1. Personas mayores de 60 años.
  2. Madres con hijos menores de 3 años.
  3. Personas que padezcan de enfermedades que pongan en grave riesgo la salud o la vida.
  4. Personas con movilidad reducida.
  5. Personas condenadas o que se encuentran con medida de aseguramiento de detención preventiva.
  6. Internos con penas menores a 5 años de prisión. 
  7. Quienes hayan cumplido el 40% de la pena.

Se estima que esta medida beneficie entre 4.000 y 7.000 presos, incluidos las personas que se encuentren detenidas en estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediata (URI),  durante los seis meses que tiene estipulado el decreto. Al cabo de este tiempo, los beneficiados deberán volver a sus respectivos centros de reclusión.

 

 

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