Una nueva ley que busca regular las modificaciones hechas a los vehículos motorizados entrará en vigor en Cuba el próximo mes de noviembre, según informó la Agencia Cubana de Noticias (ACN).
La nueva normativa regulará la adaptación de “camiones y camionetas de carga para el transporte de pasajeros”, al igual que “la instalación, modificación o desinstalación de dispositivos para el acoplamiento de remolques o semirremolques” o el cambio de “un auto de paseo a convertible”.
Las autoridades han aclarado que no se “autorizarán cambios y conversiones cuando aumenten la capacidad de carga a transportar en el vehículo, o las dimensiones de largo y ancho máximas originales del mismo”.
También se prohibirán los cambios de motor “cuando la potencia del que se instalará sea mayor al 50 por ciento de la del motor original o cilindrada mayor de 100cc para motos de hasta 60cc”.
Tampoco se podrá convertir vehículos eléctricos a combustión interna. Ni pasar moros sencillas a sidecar o triciclos en motos de menos de 250cc, o cuando el vehículo resultante aumente la velocidad máxima establecida por el fabricante.
“Las conversiones primero deben ser aprobadas por las autoridades de transporte del territorio y los propietarios tienen un plazo de un año para ejecutarlas, con una prórroga de otros seis meses”, adelantó el medio.
“Para realizar algunos de los cambios se debe confeccionar un proyecto técnico, y contar con la emisión y aprobación de un dictamen por las autoridades correspondientes (…) Al finalizar los cambios, debe pasar el vehículo por la inspección técnica (somatón).
La autoridad administrativa de Transporte deberá certificar “los talleres pertenecientes a personas jurídicas o naturales” donde se realizarán los arreglos de los vehículos, agrega el comunicado.