La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos anunció este martes nuevas restricciones dentro del programa de sanciones contra Cuba, con cambios que entrarán en vigor este 30 de septiembre.
Las modificaciones, según el organismo, buscan reforzar las herramientas de seguridad nacional y política exterior de Washington frente a la amenaza que continúa representando el régimen cubano. Las nuevas disposiciones modifican las Regulaciones de Control de Activos Cubanos (CACR) y restringen algunas actividades que anteriormente estaban autorizadas.
Entre los principales cambios se encuentran nuevas limitaciones para viajar a Cuba, restricciones sobre determinadas operaciones financieras y la eliminación de autorizaciones que habían facilitado algunas transacciones con el sector privado de la Isla.
Restricciones a viajes profesionales y educativos
A partir del 30 de septiembre, las personas sujetas a la jurisdicción estadounidense ya no podrán asistir u organizar reuniones o conferencias profesionales en Cuba bajo la autorización general que existía anteriormente.
OFAC estableció un período de 30 días para concluir determinadas actividades y transacciones relacionadas con esa autorización, que finalizará el 30 de octubre de 2026.
También se modificaron las reglas para los viajes educativos relacionados con Cuba.
Estos deberán realizarse bajo los auspicios de una organización sujeta a la jurisdicción estadounidense y, en la mayoría de los casos, los viajeros tendrán que estar acompañados por un representante de la organización patrocinadora.
Existen excepciones para estudiantes y empleados permanentes de instituciones estadounidenses acreditadas que otorgan títulos universitarios o de posgrado y que participen en determinadas actividades educativas.
Además, deja de estar autorizado el programa de viajes educativos grupales conocido como “people-to-people”.
OFAC aclaró que quienes ya hubieran completado al menos una transacción relacionada con un viaje —como la compra de un boleto aéreo— antes del 30 de septiembre podrán realizar esos viajes cuando anteriormente estuvieran autorizados.
Más restricciones a las operaciones con entidades vinculadas al régimen
Otra de las modificaciones amplía la prohibición sobre las operaciones financieras con entidades incluidas en la Cuba Restricted List (CRL).
A partir de ahora, las personas sujetas a la jurisdicción estadounidense tendrán prohibido realizar transacciones financieras tanto directas como indirectas con las entidades o subentidades incluidas en esa lista.
La CRL, administrada por el Departamento de Estado, incluye compañías y organismos que están bajo control, actúan en nombre o benefician a las estructuras militares, de inteligencia o de seguridad cubanas, según la definición de Washington.
La medida también contempla operaciones en las que una persona actúa como intermediaria en una transferencia de fondos entre una entidad incluida en la lista y otra persona.
OFAC también eliminó la autorización conocida como “U-Turn” para determinadas operaciones relacionadas con Cuba.
Hasta ahora, bancos sujetos a la jurisdicción estadounidense podían procesar transferencias en las que Cuba o un ciudadano cubano tuvieran intereses siempre que el dinero se originara y terminara fuera de Estados Unidos y ni el ordenante ni el beneficiario estuvieran sujetos a la jurisdicción estadounidense. Esa autorización había sido restablecida en mayo de 2024.
Con la nueva regulación, los bancos estadounidenses ya no podrán procesar esas operaciones y estarán autorizados a rechazarlas, en lugar de bloquearlas como fondos sujetos a sanciones.
La eliminación de esta vía supone un cambio respecto a la política adoptada en 2024, cuando Washington había permitido las operaciones “U-Turn” para facilitar, entre otras actividades autorizadas, determinadas transacciones relacionadas con el sector privado cubano.
Una de las modificaciones con mayor impacto potencial sobre el sector privado cubano es la eliminación de la autorización que permitía a bancos sujetos a la jurisdicción estadounidense abrir y mantener cuentas para ciudadanos cubanos considerados emprendedores independientes del sector privado.
Las cuentas que ya existían bajo esa autorización deberán ser bloqueadas y los fondos deberán ser reportados a OFAC, salvo que exista otra autorización específica.
El acceso a esos fondos requerirá una licencia específica de OFAC.
La nueva normativa, no obstante, mantiene la posibilidad de que los bancos estadounidenses abran y mantengan cuentas para otros ciudadanos cubanos residentes en la Isla cuando esas cuentas se utilicen para recibir pagos derivados de transacciones autorizadas o exentas de las sanciones.
La diferencia es relevante porque en 2024 OFAC había autorizado expresamente a los bancos estadounidenses a mantener cuentas a nombre de emprendedores privados cubanos para operaciones autorizadas, incluyendo determinados pagos relacionados con exportaciones e importaciones.
Una nueva etapa de presión económica sobre La Habana
Las modificaciones anunciadas se suman a otras medidas adoptadas este año por la Administración de Donald Trump contra estructuras económicas vinculadas al régimen cubano.
OFAC señala que el marco actual de sanciones está sustentado, entre otras autoridades, en la Orden Ejecutiva 14404, emitida en mayo de 2026, que establece sanciones contra responsables de la represión en Cuba y de amenazas a la seguridad nacional y la política exterior de Estados Unidos.
En septiembre, el Tesoro estadounidense también anunció nuevas designaciones relacionadas con el aparato económico y militar cubano, incluyendo medidas dirigidas contra estructuras vinculadas a los recursos minerales y la modernización militar del régimen.
OFAC recomendó a las personas y empresas que realizan operaciones relacionadas con Cuba revisar las regulaciones y las guías oficiales para determinar qué actividades continúan autorizadas.
Las nuevas disposiciones constiuyen una ampliación de las restricciones existentes dentro del programa de sanciones contra la dictadura de la isla. El embargo estadounidense permanece vigente y la mayoría de las transacciones entre Cuba y Estados Unidos continúan prohibidas salvo que exista una autorización o exención.