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Imponen más limitaciones al comercio mayorista realizado por actores no estatales

El Ministerio de Comercio Interior ha puesto en marcha "un nuevo ordenamiento de la comercialización mayorista y minorista", que tendrá a los actores privados como principales perjudicados

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Mipymes en La Habana
Archivo | Mipymes en La Habana

Actualizado: December 6, 2024 3:24pm

Con la publicación este 5 diciembre de la Resolución 56 del Ministerio de Comercio Interior (MINCIN), el régimen cubano da otra estocada a la tenue apertura al sector privado iniciada años otras. 

El documento, publicado en la Gaceta Oficial y rubricado por la ministra del ramo, Betsy Díaz Velázquez, plantea un nuevo ordenamiento "de la emisión, vigencia y actualización de las licencias comerciales para la comercialización minorista y mayorista que realizan las micro, pequeñas y medianas empresas privadas (mipymes), cooperativas no agropecuarias (CNA) y trabajadores por cuenta propia (TCP)".

Básicamente, son tres los cambios más importantes que estipula esta nueva resolución: a) los actores no estatales que tienen aprobada la producción como actividad principal podrán seguir realizando la comercialización mayorista, pero solo de sus producciones; b) Las mipymes y CNA dedicadas al comercio mayorista tendrán que hacerlo de forma directa a entidades estatales o a través de las comercializadoras mayoristas estatales y c) la cancelación de oficio de las licencias comerciales para ejercer la actividad mayorista, emitidas a mipymes y CNA, que la tienen aprobada en su objeto social como actividad secundaria.

Yosvani Pupo, viceministro del MINCIN, explicó en conferencia de prensa que los productores podrán continuar vendiendo de forma mayorista exclusivamente aquello que fabrican. "Si un productor alfarero produce cerámica de forma mayorista, podrá vender de forma mayorista estas producciones de cerámica. No puede importar cerveza y vender de forma mayorista cerveza", aclaró el directivo. 

En el caso de aquellas mipymes y CNA que deseen continuar con sus licencias de venta mayorista, pero ahora a través de entidades estatales, tendrán un término de hasta noventa días hábiles, posteriores a la puesta en vigor de esta Resolución, para actualizar la licencia con estas nuevas condiciones. 

A los actores no estatales y trabajadores por cuenta propia que ejercían la comercialización mayorista como actividad secundaria, el MINCIN les otorgó un plazo máximo de 120 días hábiles para liquidar “los inventarios y mercancías en tránsito y en plaza, destinados al comercio”.

Los trabajadores por cuenta propia no podrán realizar actividades de comercio mayorista según ya estaba dispuesto en el Decreto 107/2024, De las actividades no autorizadas a ejercerse por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas no agropecuarias y trabajadores por cuenta propia, sección F.

Para el economista Carlos Martínez, la normativa “reduce aún más la competitividad del mercado cubano mediante la monopolización efectiva de la oferta mayorista y la disminución de la competencia entre entidades privadas y estatales”.

Martínez expuso que esta medida confirma que “Cuba se ha transformado en un país dominado por agentes económicos enfocados en la búsqueda de rentas”.

Estos actores, “en lugar de dedicarse a satisfacer a los consumidores de la manera más eficiente y productiva posible, dependen de la protección y los privilegios que les garantiza la legislación para asegurar su supervivencia. Esto aplica principalmente a las empresas estatales, pero también al conglomerado de GAESA y a ciertos monopolios privados cercanos al Partido”, precisó.

Para Martínez, las actuales restricciones plantean serias dificultades para el sector privado y “es probable que el 2025 sea otro año de decrecimiento económico”.

En declaraciones a ADN Cuba, el economista recordó que Cuba ha estado implementando legislaciones para limitar la competencia del sector privado frente a las entidades estatales y favorecer a los grandes jugadores de la industria. 

“En agosto, estas medidas comenzaron a materializarse con restricciones significativas a las ventas mayoristas entre personas jurídicas”, acotó.

Al respecto, el economista Pedro Monreal dijo en X que la noticia no es nueva, porque “ya en Cuba se había prohibido desde agosto el comercio mayorista exclusivamente privado”.

Monreal también señaló las complejidades de aplicar esta normativa en diciembre, “un mes en el que usualmente aumenta la demanda de bienes de consumo y donde cualquier escasez adicional asociada a “experimentos” pudiera “eslabonarse” con una mayor inestabilidad social”.

En diciembre de 2023 el primer ministro cubano Manuel Marrero Cruz anunció un paquete de regulaciones para controlar “distorsiones” de ese sector y en agosto deeste año el régimen publicó un grupo de normas que ponían en práctica lo avisado por Marrero Cruz. 

Esta contracción a la tímida apertura que el régimen realizó hace unos años al sector privado, efectivamente, no es nada nuevo. Forma parte de una estrategia de flexibilizaciones y cierres controlados que el castrismo ha implementado duante décadas con el objetivo de aliviar temporalmente las crisis económicas, sin perder el control político. En 2016-2017, Raúl Castro llevó a cabo un proceso similar, desmontando muchas de las medidas que su gobierno había adoptado en años anteriores. 
 


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