El Gobierno de Uruguay aprobó un mecanismo especial para que determinados extranjeros que solicitaron refugio en el país puedan acceder a la residencia permanente por arraigo, una medida que podría beneficiar a miles de cubanos que permanecen con sus expedientes pendientes.

El decreto establece dos grupos de posibles beneficiarios: personas cuyas solicitudes de refugio todavía están en trámite y que renuncien expresamente a ellas para acogerse al nuevo régimen, y aquellas cuyas solicitudes hayan sido denegadas mediante una resolución firme.

La iniciativa llega en un contexto en el que cerca de 30.000 cubanos tienen actualmente solicitudes de refugio pendientes en Uruguay, mientras que solo 52 personas de esa nacionalidad han sido reconocidas formalmente como refugiadas durante la última década, según un reporte anterior de ADN Cuba.

El número de solicitudes continúa aumentando. Cada mes, alrededor de 30 cubanos ingresan por el paso fronterizo de Rivera y solicitan refugio, lo que incrementa el acumulado de expedientes pendientes.

Solo durante el año pasado, más de 22.000 cubanos ingresaron a Uruguay, mientras que cerca de 7.000 salieron del territorio, de acuerdo con cifras oficiales.

¿Quiénes podrán solicitar la residencia por arraigo?

La nueva vía está dirigida a extranjeros que hayan ingresado a Uruguay antes del 1 de enero de 2026 y que se encuentren en alguna de las dos situaciones contempladas en el decreto: tener una solicitud de refugio pendiente y renunciar expresamente a ella para acogerse al mecanismo, o haber recibido una denegación firme de su petición.

Los interesados deberán cumplir, además, varios requisitos. Entre ellos, haber ingresado regularmente al país a través de un punto de control migratorio habilitado, no registrar impedimentos legales para entrar o permanecer en territorio uruguayo y no disponer de otra vía de regularización migratoria, como una residencia permanente o temporaria.

Por tanto, la medida no implica una regularización automática para todos los cubanos que solicitaron refugio. El acceso dependerá de que cada persona se encuentre dentro de los supuestos previstos y cumpla las condiciones establecidas en la normativa.

Además, los solicitantes deberán presentar documentación de identidad vigente y en buen estado, una fotografía tipo carné, certificados de antecedentes penales de los países donde hayan residido durante los últimos cinco años —cuando la permanencia haya superado los 180 días— y un certificado o constancia del esquema de vacunación exigido en Uruguay.

También tendrán que acreditar medios de vida propios o de su núcleo familiar residente en el país. En este último caso, deberán demostrar el vínculo familiar y aportar documentación que respalde los ingresos, los cuales deberán superar el salario mínimo nacional.

El decreto permite que la Dirección Nacional de Migración exima excepcionalmente de presentar documentos expedidos por las autoridades del país de origen cuando existan razones justificadas, como una situación humanitaria, la ausencia de representación consular, los costos elevados o la falta de contactos familiares en ese país.

Plazos para acogerse al nuevo mecanismo

Los posibles beneficiarios tendrán un plazo de 12 meses, contado desde la entrada en vigor del decreto, para presentar la solicitud de residencia permanente por arraigo.

La Dirección Nacional de Migración podrá prorrogar ese período una sola vez, por un máximo de otros 12 meses.

La normativa entrará en vigor 90 días después de su publicación oficial el pasado 8 de octubre, por lo que el plazo para solicitar la residencia comenzará a contarse a partir de esa fecha.

Para los cubanos que llevan meses o años esperando una respuesta a sus solicitudes de refugio, el mecanismo representa una alternativa para regularizar su situación migratoria. Sin embargo, quienes tengan expedientes pendientes deberán tener en cuenta que acogerse a esta vía implica renunciar expresamente a su solicitud de refugio al iniciar el trámite de residencia.

El decreto también establece que obtener la residencia por arraigo no impedirá que una persona vuelva a solicitar refugio en Uruguay posteriormente, conforme a la legislación vigente.

La iniciativa abre una nueva posibilidad para los miles de cubanos que se encuentran en esa situación, aunque el acceso a la residencia dependerá de los requisitos individuales, la documentación exigida y los plazos establecidos por el Gobierno uruguayo.